La Junta Electoral Provincial de Madrid ha tenido un último gesto a favor de la candidatura de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid y ha archivado la denuncia del PSOE en la que acusaba a la candidata del PP y presidenta en funciones de la región de utilizar de manera propagandista los actos institucionales del 2 de Mayo, donde trufó su discurso de la palabra “libertad” que protagonizaba su eslogan. La Junta Electoral reconoce que esa coincidencia se dio, pero considera que “el uso del concepto libertad aparece íntimamente ligado a los actos objeto de conmemoración”.

El pasado 3 de mayo, el PSOE presentó una denuncia ante la Junta Electoral apelando al artículo 50 de la Ley Electoral por “vulneración del principio de igualdad entre actores electorales”. La acción iba tanto contra Ayuso como contra la Dirección General de Medios y se daban varias razones. Por un parte, se señalaba que el control de la señal televisiva, los actos y la elección de los premiados servían a los “interesas partidistas de Ayuso”. Por otra parte, se denunciaba que hubiese usado la palabra libertad “al menos en ocho ocasiones” en sus intervenciones.

Por último, se señalaba a la elección de los premiados con la medalla de la Comunidad, “cuidadosamente elegidos” y que rompieron la neutralidad, como fue el caso de la expresidenta madrileña Cristina Cifuentes, que le deseó a Ayuso "todo el éxito, que será el existo de todos los madrileños", o el cantante Nacho Cano, que cedió su banda a la presidenta. Unas actuaciones que "lejos de reprocharse por las instituciones y sus autoridades, se han aplaudido, intensamente por la candidata Ayuso, y difundido por las redes sociales públicas y oficiales".

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Dicha denuncia ha sido archivada por la Junta Electoral Provincial de Madrid, según la resolución a la que ha tenido acceso ElPlural.com. La Junta Electoral, tras haber “visionado el citado discurso, se observa que durante el discurso, la presidenta emplea en ocasiones el término libertad”, pero consideran que se refiere “a los acontecimientos históricos de esa fecha”, el 2 de Mayo de 1808.

La palabra “libertad” fue el único término que conformó el lema electoral de Ayuso durante la campaña electoral y la única palabra que incluía su propaganda postal. “Si bien es cierto, que dicho término coincide con el lema principal de la campaña electoral del Partido Popular, el uso del concepto de libertad aparece íntimamente ligado a los actos objeto de conmemoración”, insiste la Junta Electoral. Y por ello consideran que no se vulnera el artículo 50.2 de la Ley Electoral, “al no contener alusiones a logros” del Gobierno de Ayuso en su papel de presidenta. “Máxima cuando la mención al término ‘libertad’ no puede relacionarse con reivindicación de logro alguno”, concluye la resolución.

Además, la Junta Electoral añade, en un párrafo aparte que “ello resulta extensible a los demás actos conmemorativos que tradicionalmente se celebran en esa fecha, como la imposición de distinciones a distintos ciudadanos”. Resuelve así las quejas sobre Nacho Cano o Cristina Cifuentes, sin entrar en la subjetividad de su elección o la ruptura de la neutralidad que protagonizaron y que fue amplificada por los canales oficiales de la Comunidad de Madrid.

Cadena de favores

Esta resolución, que está firmada el 7 de mayo, tres días después de las elecciones, es el último guiño que ha tenido la Junta Electoral Provincial de Madrid con Ayuso, en una campaña donde sus actuaciones han estado marcadas por la polémica. La mayor de ellas, el visto bueno a la inclusión de Toni Cantó y Agustín Conde en las listas electorales del PP de Madrid, pese a que incumplían la Ley Electoral y no se habían empadronado en la región dentro del plazo legal. Un escándalo que tuvo que arreglar in extremis el Tribunal Constitucional.

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Esa decisión del máximo tribunal provocó el retraso del envío de las papeletas electorales, al tener que imprimir una nueva tanda. El perjuicio electoral y económico del PP habría sido mayor si hubieran tenido que imprimir una tercera tanda de papeletas por el caso de su tercera candidata pillada fuera del padrón: Ana Vanesa Torrente, recién aterrizada de Cartagena. El PSOE denunció también esta situación, pero a la vista de la sentencia contra Cantó y Conde, fue la propia Torrente la que presentó su dimisión como candidata. Sin embargo, la Junta Electoral Provincial de Madrid decidió “tener por renunciada a la candidata”, pero “sin necesidad de imprimirse nueva papeleta con exclusión de la misma e introducción del sustituto”. Es decir, aparecería en las listas pero de ser elegida, como así fue, la sustituiría el siguiente en la lista, con el consecuente ahorro de papel -y gasto- para el PP.

Otro de los favores a Ayuso y que se mantiene hasta hoy es que tuvo que ser la Junta Electoral Central la que ordenase a la Provincial que impusiese a Ayuso dos sanciones después de que volviese a utilizar su papel institucional de presidenta para presumir de sus logros, algo que prohíbe la ley, durante un homenaje al torero fallecido Víctor Barrio, en la presentación de un avión de Iberia y en la visita a las obras de un puente en Valdebebas. Las multas de la Provincial son de hasta 1.200 euros (o de hasta 3.000 si al final decide la Central), pero a día de hoy no hay noticia de sanción alguna a Ayuso.