La 'guerra' entre el Ayuntamiento de Vigo, desde que es alcalde Abel Caballero, y la Xunta de Galicia, en particular durante la presidencia de Alberto Núñez Feijóo, es todo un clásico en la política gallega.

En más de una ocasión la misma ha llegado a los tribunales con sentencias condenatorias para uno u otro lado. También en este actual mandato de Alfonso Rueda al frente de la administración regional ha habido desencuentros, como el ocurrido hace algunas semanas en el Círculo de Empresarios de la ciudad olívica.

En esta ocasión, es el Consistorio vigués el que se ha llevado el gato al agua, con la última setencia dada a conocer por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ante una reclamación de la Xunta.

El alto tribunal gallego ha dictaminado la anulación de las resoluciones de la administración autonómica por las que detraía casi 900.000 euros (884.455 euros) al Ayuntamiento de Vigo por los gastos correspondientes a la acometida de la instalación eléctrica del Hospital Álvaro Cunqueiro ubicado en su término municipal.

Según el argumento de la Xunta, estas debería llevarlas a cabo la institución local según un convenio firmado en 2006 y anulado en 2013. La reclamación del Ejecutivo autonómico se debe a que, finalmente, ya en 2015 se vio olbigado a abonar dichas obras.

Ahora, la sección tercera de la sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG concluye que no existe, antes del requerimiento de pago en periodo voluntario, realizado por la Xunta el 12 de abril de 2016, un acto administrativo que fijase la cantidad adeudada por daños y pérdidas. En este sentido, según la sentencia, "se reclama una deuda que no se declaró previamente y que el Ayuntamiento no pudo discutir".

Sin "deuda declarada"

Por este motivo, continúa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, no puede ser considerado una reclamación válida "si antes no se determinó la deuda". En el fallo también hacen hincapié en que la “falta de ese acto de cuantificación” de la deuda implica que "no hay deuda declarada que reclamar, es decir, no hay título ejecutivo".

Esa ausencia la llega a considerar el Alto Tribunal gallego como "trascendental". Y esto es así porque supone que el propio Ayuntamiento presidido por Abel Caballero no ha dispuesto de la ocasión de “discutir la existencia” de la misma o sus propias “características". En relación con lo anterior añade que es "inconcebible" que una cantidad importante como casi 900.000 euros "no pudiera ser combatido jurídicamente por la Administración local ni, de ser el caso, tutelado jurisdiccionalmente por los tribunales de justicia".

Ante todo esto, los magistrados concluyen que la administración autonómica dejó a un lado "total y absolutamente” el procedimiento establecido “para la determinación de las deudas tributarias".

En la sentencia, explican que en 2006 se firmó un Convenio Marco de Cooperación entre la Xunta de Galicia y el Consistorio de la ciudad olívica. Este quedó sin validez siete años después de la rúbrica. Su finalidad era la cooperación para la construcción del nuevo hospital y la dotación de sus sinfraestructuras. La sala del TSXG subraya que, desde el 17 de abril de 2013 hasta el 12 de abril de 2016, la Xunta "no realiza ninguna actuación concreta que cristalice en una resolución para determinar la cantidad que la administración autonómica considera que se le adeuda a consecuencia del incumplimiento del convenio".

Y lo anterior es fundamental para este fallo, puesto que el 12 de abril de 2016 se notificó al Ayuntamiento un requerimiento de la directora de Recursos Económicos de la Consellería de Sanidade por el que se reclamaba el abono de la citada deuda de 884.455 euros. La administración viguesa no hizo caso a la petición y rechazó ese requerimiento, circunstancia que se produjo al mes siguiente. La reacción de la gerencia del Servizo Galego de Saúde, Sergas, fue la solicitud en julio de ese mismo año a la Consellería de Facenda de la compensación de la deuda con la participación que al Ayuntamiento le correspondiese en el Fondo de Cooperación Local.

Esa petición se concretó finalmente en abril de 2021. En ese instante, la Axencia Tributaria gallega comunicó la resolución de inicio del procedimiento de compensación de deudas para el cobro. Ante esto el Ayuntamiento presidido por Abel Caballero presentó varias alegaciones que resultaron rechazadas por la Agencia, que el 1 de junio de 2021 acordó la compensación de la deuda con las transferencias procedentes del Fondo de Cooperación Local.

Ahora, dicha decisión cae por tierra tras la sentencia, que no es firme ya que puede interponerse recurso de casación del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.