La polémica generada por la puesta en libertad del último detenido por el crimen de Samuel Luiz quizás ha sido el motivo que ha llevado a la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña a aclarar los motivos de dicha medida. Lo ha hecho mediante la notificación este miércoles del contenido completo del auto en el que ha decretado la puesta en libertad de A.M.R., último arrestado por la muerte del joven coruñés.

Según explica el tribunal en su escrito, la adopción de la medida se debe al entender que no existe riesgo de fuga o de alteración de pruebas. Del mismo modo, en relación con las investigaciones, los jueces subrayan que, mientras la policía le atribuye "una posición de apoyo a quienes materializaron la brutal agresión", no es capaz de determinar, sin embargo, "acto alguno de ataque sobre la víctima".

Esta es la razón que argumenta la Audiencia para imponer medidas "menos aflictivas" que la de prisión provisional. En concreto, se trata de la obligación de comparecer cada semana y cuantas veces fuese llamado ante el juzgado que tramita la causa. Tampoco podrá abandonar el territorio español.

La Sala también aclara en el auto que su función se limita a decidir sobre la situación personal del investigado, ya que "el contenido y la suficiencia de los indicios racionales de criminalidad existentes" respecto a él deberán ser valorados en un posterior momento procesal. En este sentido, añaden, "de lo que se trata no es tanto de analizar la gravedad de los hechos objeto de instrucción, el futuro título de imputación o el comportamiento procesal previo del apelante, como de la necesidad y la proporcionalidad de la adopción de la medida de prisión provisional".

En relación con lo anterior, señalan que, si bien no tienen conocimiento "directo e inmediato" del desarrollo de las diligencias, "no se vislumbran nuevas vías de investigación, ni una futura extensión del objeto de la acusación, ni una posible ampliación del círculo de investigados". Por todo ello, entienden que son "nulas" las posibilidades del apelante de frustrar "el normal impulso y concreción de la causa" mediante la alteración de las fuentes de prueba. Los jueces tampoco detectan riesgo de fuga, pues aseguran que "parece improbable que, tras varios meses sin ser involucrado en los hechos como partícipe, ahora opte por sustraerse a la acción de la justicia, tras haber gozado de plena libertad para hacerlo y ante una imputación todavía difusa".

Contra el auto no cabe presentar recurso.