La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido un comunicado en el que advierte de la posible infracción en la que puden incurrir los ciudadanos designados para las mesas electorales del referéndum del 1-O si ejercen como miembros de las mismas, sanciones que por el tratamiento y uso de los datos del censo en papel pueden conllevar multas de entre 40.001 y 300.000 euros por la vulneración de la Ley de Protección de Datos.

La Agencia asegura que si se facilita una copia en papel del censo electoral catalán, ninguno de ellos estaría legitimado para tratar estos datos y recuerda la sentencia del Tribunal Constitucional en la que deteremina que la Generalitat no tiene competencia para convocar un referéndum.

Protección de Datos, por tanto, interpreta que estarían manejando a título personal los datos de más de 5,5 millones de personas "sin contar la legitimación para ello". Estarían vulnerando los artículos 6 y 11 de la Ley de Protección de Datos, que se refieren al consentimiento del afectado y la comunicación de datos, castigados con entre 40.001 y 300.000 euros.