La Junta de Castilla y León ha resuelto este viernes incrementar el nivel de riesgo meteorológico de incendios forestales declarando la situación de alarma en la Comunidad Autónoma de Castilla y León desde mañana, día 16, hasta el martes, 19 de julio, mientras el gran incendio forestal que sufre Salamanca en Monsagro, que ha arrasado cerca de 3.000 hectáreas, cumple cuatro días desbocado.

La declaración llega no sólo en una situación extrema en Salamanca, puesto que, a los 11 incendios activos en la Comunidad Autónoma que figuraban en el parte de anoche de Medio Ambiente, -además de los dos de Salamanca, otros tres en Burgos, uno en León, otro en Segovia, uno más en Soria y tres en Valladolid-, se han sumado esta mañana uno en Navafría (Segovia), dos en Escuadro y Figueruela (Zamora) y los de Barjas, Fontoria y Paradaseca (León), varios de ellos ya en Nivel 1 de gravedad.

Una resolución del director general de Patrimonio Natural y Política Forestal considera las actuales "circunstancias meteorológicas extraordinarias", que, por tanto, incrementan notablemente el riesgo de inicio de incendios "o provocan un comportamiento especialmente virulento del fuego, que requieren medidas preventivas complementarias".

Curiosamente, la resolución paraliza ahora los tratamientos selvícolas que llevan a cabo las cuadrillas forestales, con el objetivo de que todos esos efectivos estén disponibles para la lucha contra el fuego.

La resolución que firma el director general de Patrimonio Natural recomienda, además, evitar el tránsito libre por los montes, "salvo el acceso a la propiedad, el desarrollo de las actividades profesionales, las actividades de ocio autorizadas, el acceso a los entornos urbanos, las actuaciones de emergencia o interés general o los trabajos de vigilancia y extinción de incendios forestales".

Además de considerar suspendidas todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado, la Junta prohíbe cosechar, empacar o desbrozar con maquinaria que pueda generar chispas en la franja de 400 metros que circunda el monte, así como el uso de barbacoas autorizadas, lanzamiento de cohetes y artefactos que contengan fuego, sopletes, soldadores o radiales y ahumadores en la actividad apícola.

Se exceptúa el uso de esa maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc, siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente previamente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos.

Eso sí, insta a las empresas a extremar la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.

Alarma el día antes del incendio de Navalacruz

Se da la circunstancia de que la Junta de Castilla y León declaró también la situación de alarma el 13 de agosto de 2021, precisamente el día antes de que estallara el incendio de Navalacruz (en Ávila), que comenzó el sábado, 14, a las 11:00 horas, a causa del fuego provocado por un vehículo averiado en la cuneta de la carretera Nacional 502, y se extendió rápidamente al monte, arrasando finalmente más de 20.000 hectáreas.

Sin embargo, la alarma no es la situación de mayor riesgo meteorológico prevista. La ORDEN FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León establece en el capítulo V las "situaciones de especial riesgo meteorológico durante la época de peligro alto" de incendios y las medidas extraordinarias a adoptar en cada caso.

Así, a la situación de "alarma" sucede la de "alarma extrema", que además de todo lo anterior, prohíbe cualquier tipo de trabajo o actividad que pueda originar incendios en el monte y en los terrenos situados en la franja de 400 metros de ancho que lo circunda.

En caso de alarma extrema, la recomendación de evitar el tránsito libre por los montes se convierte en prohibición del tránsito y la estancia en los montes de personas y vehículos ajenos a la vigilancia y extinción de los incendios forestales.