La magistrada Ana Fariñas hace referencia en su auto al procedimiento incoado por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona que frenó el desalojo de un vecino de Martorell (Barcelona) por la indefensión del mismo ante posibles "cláusulas abusivas" en el contrato de su hipoteca.

Conclusiones de la abogada general del TJUE
Tal y como adelanta en su edición de hoy el diario "La Voz de Almería", la juez alude además a las conclusiones de la abogada general del TJUE, Juliane Kokott.

"Incompatible con la Directiva 93/13/CEE"
Kokott ha propuesto al Alto Tribunal de la Unión Europea que establezca si "un sistema de ejecución de títulos notariales sobre bienes hipotecados o pignorados en el que las posibilidades de oposición frente a la ejecución se encuentran restringidas, es incompatible con la Directiva 93/13/CEE", sobre cláusulas abusivas en los contratos con consumidores.

"Cláusulas abusivas"
La abogada general indicó expresamente la existencia de "cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, cuando el consumidor, ni en el propio procedimiento ejecutivo ni en un procedimiento judicial separado, puede obtener una tutela jurídica efectiva para ejercitar los derechos reconocidos en dicha Directiva, por ejemplo mediante una resolución judicial que suspenda provisionalmente la ejecución forzosa".

Hasta que haya un pronunciamiento
Así, Fariñas apunta en su auto que las resoluciones de su juzgado podrían verse afectadas por la resolución del TJUE, por lo que ante las dudas sobre la compatibilidad de este procedimiento, y "al haber sido ya formulada cuestión prejudicial, y para evitar las dilaciones que provocaría el planteamiento de una nueva cuestión con el mismo objeto", ha ordenado la suspensión de las ejecuciones hipotecarias hasta que haya un pronunciamiento al respecto. No obstante, el auto no es firme y cabe presentar un recurso de apelación ante el Juzgado.