También se solicitaba la suspensión de la norma
Este dictamen responde así al acuerdo alcanzado el pasado 22 de febrero en el Consejo de Ministros contra la segunda convocatoria pública para la subasta de medicamentos en Andalucía, --aunque supone el tercer recurso promovido por el Gobierno central--, en el cual también se solicitaba la suspensión de la norma.
El TC no recoge la suspensión
En cuanto a la cuestión de la suspensión de la norma andaluza solicitada por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en su último acuerdo de Consejo de Ministros, frente a la cual la consejera andaluza de Salud y Bienestar Social, María Jesús Montero, ya admitió que habría esperar a comprobar "el alcance del auto", aunque confiaba que la nueva resolución tuviese como resultado el levantamientos de las suspensiones cautelares, la providencia del TC no entra ahora en ese extremo. Esta providencia, a la que ha tenido acceso, recoge también el que se de traslado de la demanda y documentos presentados a la Junta de Andalucía, al objeto de que en el plazo de 20 días aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes, según determina la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC).
El Alto Tribunal procede a comunicar
Del mismo modo, el Alto Tribunal procede a comunicar la incoación del conflicto a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por si ante la misma estuviera impugnada o se impugnare la citada Resolución, en cuyo caso se suspenderá el curso del proceso (del tribunal andaluz) hasta la decisión del conflicto constitucional, según dispone el artículo 61.2 LOTC.
Finalmente, la providencia del TC ordena que se publique la incoación del conflicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).