El despacho ILOCAD que dirige Baltasar Garzón presentará este lunes un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada contra el archivo decretado por la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, jueza Jiménez Muñoz sobre las Diligencias Previas incoadas en el caso del montañero José Antonio Martínez Jiménez. El montañero murió en la cordillera del Atlas de Marruecos en el transcurso de una operación de rescate por parte de las autoridades marroquíes.

La familia lleva más diez meses a la espera de una respuesta sobre la causa de la muerte de José Antonio viviendo un auténtico calvario de idas y venidas, dilaciones e inhibiciones de los distintos juzgados de instrucción. Este archivo supone por tanto una pérdida de tiempo que para sus abogados, según explican en un comunicado, agudiza la indefensión y revictimización que están sufriendo.

No se ha hecho nada”

No se ha practicado ninguna de las diligencias de prueba, no se ha avanzado en la investigación del caso y nos encontramos a día de hoy tras el archivo de las Diligencias Previas, en el mismo absoluto desconocimiento de las circunstancias en las que murió José Antonio Martínez”, denuncian los representantes legales.

La jueza argumenta en su diligencia que carece de jurisdicción “para el conocimiento de los hechos denunciados en tanto en cuanto la supuesta omisión de socorro o imprudencia grave denunciada sucede en Marruecos y presuntamente la comisión de los mismos son realizados por nacionales de aquel país y no queda debidamente justificada la perpetración del delito denunciado”.

La supuesta autoría”

Es decir, la señora Jiménez Muñoz, sin ni siquiera haber tomado declaración a las personas que se encontraban junto a José Antonio Martínez, tal y como se le ha solicitado, cierra el caso dando por hecho, sin investigación alguna, que la autoría corresponde a personas naturales de Marruecos. Se desconoce la base sobre la que efectúa tales afirmaciones”, denuncian los abogados.

El baile de juzgados ha sido notable durante todo es te tiempo: La denuncia se presentó en primer lugar en mayo de 2015 ante el Juzgado de Instrucción nº 7 de la ciudad andaluza, por ser quien recibió el cuerpo una vez que fue repatriado, y que sólo ordenó practicar una nueva autopsia del cadáver. Este Juzgado traspasó la cuestión al número 2, ante el que se había denunciado la desaparición del montañero, por lo que tenía un conocimiento previo del asunto.

Baile de inhibiciones

Pero, tal y como denuncia ILOCAD, “sin practicar ni una sola de las diligencias solicitadas para esclarecer las causas y las circunstancias de la muerte, procedió a inhibirse al Juzgado de Chiclana de la Frontera, por entender que tenía conocimiento previo del asunto, al haberse denunciado allí la desaparición de otro de los montañeros fallecidos, Gustavo Virués”.

Tras no aceptar la inhibición el Juzgado de Chiclana y devolver la causa de nuevo al número 2 de Granada, este último intentó la inhibición a la Audiencia Nacional, quien también la rechazó por entender que no era de su competencia. “Con el actual archivo resulta que han pasado más de diez meses sin respuesta y durante todo el tiempo transcurrido no se ha practicado ni una mínima diligencia de prueba de la batería solicitada por la representación de la viuda del montañero”, lamentan.

Autopsia divergente

El 2 de julio de 2015 se notificó a la familia el resultado del informe definitivo de autopsia practicado por el Instituto de Medicina Legal de Granada en el que se determinaba que el fallecimiento de José Antonio Martínez Jiménez fue “muerte violenta”, por “síndrome asfíctico”, como consecuencia de “asfixia mecánica por sumersión y compromiso respiratorio”.

Este documento contradice abiertamente el informe forense realizado el 08/04/2015 en Marruecos en el que se había determinado como causa de la muerte un golpe en el cráneo unido a la hipotermia. – explican los abogados- Mientras en Marruecos se afirmó que la muerte había sido producida por el propio accidente unido a las bajas temperaturas de la zona, en España se concluyó que se había producido una muerte por asfixia como consecuencia de una inmersión.

El superviviente no ha declarado

Ni los Juzgados de Instrucción nº 2 y nº 7 de Granada, ni tampoco los Juzgados de Instrucción de Chiclana e incluso de San Fernando, donde se denunció la desaparición del otro montañero fallecido, han llevado a cabo averiguación alguna sobre la muerte, “lo que llama la atención teniendo en cuenta la incongruencia existente entre los informes de autopsia de las autoridades marroquíes y españolas”, señalan.

Ni siquiera se ha procedido a la identificación de las personas que intervinieron, a pedir la documentación obrante sobre los hechos a las autoridades involucradas, así como otras diligencias que se solicitaron para poder aclarar las circunstancias de la muerte sobre todo la más importante, que sería recibir en declaración al único superviviente de los tres montañeros accidentados”.

Indefensión jurídica

Evidentemente, esta situación provoca una absoluta incertidumbre y por supuesto, indefensión jurídica. Los recursos presentados por la representación procesal no han sido resueltos a su debido tiempo e incluso la resolución de uno de ellos no fue en su momento notificada a su defensa, lo que produce una desatención absoluta al derecho a la tutela judicial efectiva.

El retraso en la instrucción motivó que ILOCAD presentara una queja ante el Consejo General del Poder Judicial, que el órgano de Gobierno de los jueces remitió el pasado mes de diciembre al Juzgado de Instrucción número 2 de Granada. Se exponían las dilaciones e inhibiciones de dicho juzgado en este asunto, así como los problemas con que se ha encontrado la familia desde que presentó denuncia el pasado 3 de abril de 2015.