Un pequeño susto, pero con final feliz es lo que se ha llevado este vecino de Torrijos (Toledo) cuando ha visto que ha estado muy cerca de quedarse sin mascotas. Sin embargo, el asunto cambia cuando se atiende qué tipo de animales eran estas mascotas. El hombre, identificado como Fran Torres, tiene en su propiedad un cocodrilo de 15 kilos, llamado Charlie, y diez serpientes.

Tras la aprobación de la ley de Bienestar Animal, las autoridades del municipio han procedido a retirarle estas “mascotas” del domicilio. Sin embargo, lo que estos no esperaban es que, a su llegada, no solo les esperaba el dueño con Charlie y las serpientes, sino también una abogada, un representante de una organización y dos concejales de Vox del municipio toledano. El hombre se quejó ante las autoridades alegando “¡Hombre, son mis animales!” y la abogada les advirtió: “Si ustedes se lo llevan sin permiso también pueden incurrir en un delito”. Ante la negativa de estos, los agentes se marcharon finalmente, pero señalando que “añadiremos el delito de desobediencia”.

Torres ha señalado además que “la única forma de que este animal -y las 10 serpientes- esté bien es que se quede en nuestras instalaciones hasta que un juez o una persona que realmente tenga este poder de potestad de quitarme el animal si él lo desea”.

¿Qué mascotas prohíbe la Ley?

El pasado 29 de septiembre de 2023 entró en vigor la Ley de Bienestar Animal. Con la norma, se aplicaron nuevos límites que tienen por objeto la protección y el cuidado de los animales domésticos. En el texto, entre otras cosas, se recogían sanciones por dejar solo a un perro durante un día o más de tres a un gato. También si se les deja atados o encerrados en terrazas o patios. Por lo que hace a la venta de animales, las tiendas ya no podrán vender perros, gatos ni hurones.

Relativo a las mascotas del vecino toledano, en la Ley también se mencionaron las diferentes especies que están prohibidas para tener en casa. Son las siguientes:

  • Artrópodos, peces y anfibios cuyo mordisco o veneno pueda suponer un riesgo grave para la salud de las personas u otros animales.
  • Reptiles venenosos y reptiles que superen los dos kilogramos de peso, excepto las tortugas
  • Los primates y mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kilogramos.

Por lo tanto, atendiendo a estos límites el vecino de Torrijos estaría incumpliendo la ley al tener, por una parte, un reptil superior a dos kilogramos de peso, y, por otra parte, reptiles venenosos, como son las diez serpientes.

En esta línea, se señala que, aunque no está regulada su sanción, la Administración sí que tiene potestad para sustraer el animal al dueño, aunque no a sacrificarla. Estos serán considerados animales silvestres en cautividad y no se permitirá su tenencia, cría o comercio, salvo en el caso de las autorizaciones específicas si puede demostrarse que se tienen antes a la ley, así como que las condiciones de su estancia son adecuadas. Se podrá solicitar en los primeros seis meses.