La Generalitat Valenciana dio ayer marcha atrás a la prohibición anunciada de que los cadáveres de personas con obesidad mórbida fueran incinerados, según publicó el diario El País. Así se desprendía de la nueva normativa para regular el funcionamiento de los hornos crematorios, aún en fase de alegaciones.
Esta nueva norma, según El País, que cita fuentes de la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública, basaba la prohibición en que la combustión, así como la energía necesaria para el proceso de cremación de personas con obesidad mórbida, generan excesivas emisiones tóxicas. Sin embargo, en su rectificación, aluden a que la cremación de personas con obesidad mórbida, si bien puede causar "problemas técnicos" no tiene por qué suponer un riesgo para "las condiciones sanitarias exigibles a las instalaciones ni suponen un riesgo diferenciado para la salud pública en los términos que trata la orden", según ha anunciado la Consejería en un comunicado.
El documento también prohíbía “la cremación de cadáveres que hayan recibido tratamientos contra el cáncer mediante inserción de agujas radiactivas".
Tampoco "se pueden incinerar féretros con herrajes o adornos fabricados en resinas, plásticos u otros compuestos susceptibles de formar compuestos organoclorados o altamente tóxicos, tras su combustión. No se admiten los ataúdes que contengan plomo o cinc. Los fallecidos no podrán vestir ropas o abalorios que contengan elementos metálicos", según reza el artículo 7 de la nueva normativa.
El nuevo precepto se ha desarrollado por el auge de esta práctica, ya que los expertos "aconsejan establecer nuevas consideraciones respecto a la ubicación de los mismos y su funcionamiento, con objeto de minimizar su impacto en la salud poblacional".