El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la admisión a trámite del recurso de amparo presentado por los abogados de la revista de sátira Mongolia contra su condena para indemnizar al torero Ortega Cano con 40.000 euros. La propia publicación explica en su página web que el tribunal de garantías ha desestimado su recurso contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de declarar la condena firme por la vía civil. 

En la nota de prensa remitida por el medio aseguran que acudirán ahora a la jurisprudencia europea, pese a que ya han abonado la multa correspondiente, que supera los 70.000 euros. Una cantidad que, por otra parte, "solo pudo ser asumida gracias a la excepcional movilización de su comunidad de lectores".

"Mongolia considera que se trata de un precedente gravísimo, que supone un retroceso enorme para el ejercicio de la sátira en España y una invitación a la autocensura de los creadores. Es por ello que se ha propuesto llevar el caso a los tribunales internacionales con el fin de blindar un terreno de juego para el ejercicio de la sátira en España que sea equiparable al de las principales democracias occidentales", destaca el documento.

"Es evidente que la libertad de expresión y de sátira están en riesgo en España y los medios independientes no se lo pueden permitir", añaden a la par que exponen que quien así lo considere, puede participar a través de la campaña de micromecenazgo para financiar el recurso a los tribunales. 

La publicación

La publicación fue llevada a los tribunales por el matador después de que promocionaran uno de sus espectáculos en Cartagena. El diestro aparecía caracterizado como un extraterrestre que había estrellado su platillo volante rodeado de botellas vacías y el mensaje “viernes de dolores, sábados de resaca”

A su salida de prisión -donde ingresó por conducir en sentido contrario y chocar contra el coche de un joven que falleció en el acto- el diestro llevó a la revista ante los tribunales. El Supremo sentenció en un primer momento que la imagen del torero se utilizó “única y exclusivamente para publicitar un espectáculo musical y, por lo tanto, como mero reclamo para vender entradas y buscando el beneficio económico” y que con ella se hizo escarnio del demandante, "en su día figura del toreo".

Ahora, el Constitucional ha desestimado las alegaciones, algo esperado por otra parte porque "el Alto Tribunal esquiva por sistema entrar en el fondo de las sentencias firmes del Tribunal Supremo y solo acepta la mera toma en consideración en una ínfima parte de los recursos presentados y cuando considera que el tema no ha sido jamás abordado, ni siquiera de forma genérica”.

Con todo, tras esto la revista acudirá a Europa por lo que considera un ejercicio que actúa en contra del pleno derecho a la libertad de expresión y la sátira.