Los recursos de queja presentados por la Fiscalía del Tribunal Supremo en nombre del fiscal Anticorrupción del caso Taula contra el archivo del pitufeo serán resuelto por el Alto Tribunal. En una providencia, a la que ha tenido acceso ElPlural.com, se informa que el ponente del Supremo será el magistrado de la Sala Segunda, Antonio del Moral. Lo único que todavía no se sabe es qué ocurrirá con uno de los 29 recursos que no se presentó por un error de la secretaría de la Fiscalía General del Estado.

En la providencia se explica que, "con los anteriores antecedentes, fórmese el correspondiente rollo de Sala y regístrese. Se designa Ponente al Excmo. Antonio del Moral García, conforme a lo dispuesto en las normas de reparto de la Sala Segunda del TS, publicadas en el BOE de fecha 22 de diciembre de 2021, en atención a las especiales circunstancias de los recursos de queja formulados derivados de las diligencias del PA 2301/16 del Juzgado de Instrucción no18 de Valencia, rollo de apelación no 1578/21 de la Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia". 

Los recursos

En cuanto al motivo principal para presentar los recursos alegado por el fiscal del caso Taula, y recogido por sus compañeros del Supremo, es que el auto de archivo de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, era un sobreseimiento provisional, que no es recurrible, cuando lo que explicaba en su contenido era de sobreseimiento libre, que sí tiene posibilidad de recurso de casación.

¿Qué decía el auto? Básicamente que no existió delito de blanqueo por parte del grupo municipal de Rita Barberá. Y, según la doctrina, si no existe delito, el sobreseimiento debe ser libre no provisional. Pero el magistrado ponente, Pedro Castellano, no solo alegó una jurisprudencia inexistente, sino que se descolgó con un sobreseimiento provisional, lo que impide de facto al fiscal recurrir la decisión de la Audiencia Provincial.

El archivo

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia archivó la causa del pitefeo del caso Taula, que mantenía como imputados a todos los miembros del grupo municipal del PP de Valencia. Así, la Audiencia estimaba los recursos presentados por más de 30 de los 50 imputados por el Juzgado de Instrucción Número 18 de Valencia. En su auto, los magistrados, tampoco han hecho caso a la Fiscalía Anticorrupción, quien solicitaba penas superiores a los diez años para los principales imputados, así como cuatro para cada presunto autor de un delito de blanqueo.

La cuestión del recurso de queja se planteó a raíz de que la Audiencia emitió un archivo provisional, contra el que no cabe recurso, pero describía una inexistencia de delito que obligaría a emitir un sobreseimiento libre que sí se puede recurrir. El fiscal Anticorrupción de este caso, Pablo Ponce, solicitó a sus compañeros del Supremo que se interpusiera un recurso de queja en el Alto Tribunal contra el auto de archivo. En la Junta de fiscales de Penal del Supremo se trató el tema y se votó a favor de interponer el recurso. Sin embargo, se les ha pasado el plazo sin que hayan presentado uno de los recursos, el del asesor del grupo municipal del PP, Luís Salom.