La jugada del Partido Popular de solicitar que se evitase la destrucción de las cintas de AENA sobre el encuentro del ministro José Luis Ábalos y la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, ha terminado por reparto en manos del juez Adolfo Carretero Sánchez, titular del  Juzgado de Instrucción número 47. El azar ha querido que la decisión de estirar el caso recaiga sobre un juez que ha protagonizado varias polémicas como la larga imputación del cómico Dani Mateo por sonarse la nariz con la bandera de España y la más larga imputación de la periodista Pilar Velasco, de la Cadena SER por la publicación de las cintas del espionaje al expresidente madrileño Ignacio González en su visita a Colombia.

A finales de 2018, Carretero admitió a trámite la denuncia de la organización Alternativa Sindical de Policía contra el humorista Dani Mateo por un chiste en El Intermedio donde se sonaba la nariz sobre una bandera de España.

El juez Adolfo Carretero en una entrevista en Confilegal

Mateo fue citado a declarar por el juez Carretero como imputado por la supuesta comisión de un delito de ofensas o ultraje a símbolos de España o sus Comunidades efectuado con publicidad correspondiente al artículo 543 del Código Penal (C. P.) y un delito de odio, correspondiente al artículo 510 del C. P.

El presentador de El Intermedio, el Gran Wyoming, pidió perdón en directo y en nombre de todo el programa. La Sexta retiró el vídeo de la web. Y la defensa de Mateo presentó un recurso. Ninguno de los tres aspectos fueron tenidos en cuenta por el juez y Mateo tuvo que acudir al juzgado el 26 de noviembre de 2018, aunque se acogió a su derecho a no declarar.

Perlas jurídicas

Finalmente, el asunto fue archivado por el juez a petición de la Fiscalía, aunque en su auto el juez dejó varias perlas jurídicas. Primero, que “los ultrajes a la bandera de España” pueden asemejarse al delito de “injurias”, algo que “no ampara la libertad de expresión”. Segundo, que no podía rechazar la denuncia porque sonarse "los mocos con la bandera de España", aunque se haga “en un contexto humorístico", es "per se actos denigratorios".

Por último, ponía en tela de juicio a la Fiscalía: "No obstante, a la vista de que el Ministerio Fiscal, que teóricamente defiende al interés general y a la sociedad, considera que el ánimo cómico de Mateo no fue el de ultraje, sino que se trató de 'una puesta en escena desafiante o crítica' que permite la libertad de expresión, aunque pueda ofender los sentimientos de muchos españoles, no parece razonable continuar el presente procedimiento". No sin antes acabar el auto describiendo el sketch de Mateo como "una actuación humorística en un medio público y ante numerosísima audiencia, muy desafortunada y provocadora".

Carretero también es famoso por su dilatada instrucción sobre el caso del misterioso espionaje a Ignacio González en Cartagena de Indias. El exvicepresidente de Madrid fue grabado entrando en un local con unas bolsas blancas que luego desaparecían. El caso acabaría convirtiéndose en el caso Lezo por el que González acabó en prisión, pero durante varios años provocó una investigación judicial liderada por Carretero e instigada por González que mantuvo a la periodista que publicó la cinta, Pilar Velasco, imputada durante un año.

La propia Velasco, que acusaba al juez de acosar a la prensa, lo recordaba así en Twitter cuando le tocó el turno a Dani Mateo: "Este juez tuvo la instrucción abierta nueve años al servicio de Ignacio González, sin practicar una sola diligencia en su contra. Nueve años de informaciones y declaraciones de testigos e imputados sobre las mordidas vinculadas a González y el Canal que nunca investigó”

En un principio, Carretero se negó a imputar a la periodista, pero fue obligado por la Audiencia Provincial de Madrid. Sin embargo, sí mantuvo la imputación de la periodista durante un año y le requirió en varias ocasiones que revelase sus fuentes periodísticas, a lo que Velasco se negó. Cuando la Audiencia Provincial acabó archivando el caso, el juez Juan José Ortega emitió un durísimo voto particular que apuntaba directamente a Carretero: "La periodista se vio obligada a soportar múltiples requerimientos para que revelase sus fuentes. En mi opinión, constituye un serio motivo de preocupación que la imputación de la periodista haya servido para propiciar un interrogatorio que, por la forma en que ha sido conducido, la ha expuesto a verse forzada a revelar sus fuentes informativas, una de las más importantes garantías con que cuenta una prensa libre en una sociedad democrática".