La juez de la DANA ya ha comunicado la fecha en la que la periodista que comión con el presidente valenciano, Carlos Mazón, el día de la DANA, Maribel Vilaplana, acuda a declarar como testigo en la causa que investiga las 229 víctimas mortales de la tragedia y los responsables de ello. Será el próximo 3 de noviembre, cinco días después de que se cumpla el primer aniversario de la DANA.
A través de una diligencia de ordenación a la que ha accedido elDiario.es, la magistrada de Catarroja establece esta fecha "en cumplimiento de los resuelto" por el auto de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia. Con ello, el tribunal avala la testifical que solicitaba una de las acusaciones particulares de la causa, al considerar que "podría ofrecer información que solo ella, el presidente de la Generalitat y sus interlocutores podrían conocer".
Al margen de la declaración de la periodista, las siguientes están previstas para 2026. Por su parte, Blas Ignacio Soler, operador de comunicaciones de la Sociedad Valenciana de Gestión Integral de los Servicios de Emergencias (SGISE), comparecerá el 12 de enero; David Lázaro, operador del 112, declarará el próximo 16 de enero; y Manuel Villalba, operador de comunicaciones de SGISE, lo hará el 20 de enero. Por su parte, Francisco Javier Castillo, operador de la Central de Prevención de Incendios Forestales (CPIF), declarará el 22 de enero.
La Audiencia Provincial estima el recurso de apelación
La decisión de la magistrada se ha comunicado después de que este mismo jueves la Audiencia Provincial de Valencia haya estimado el recurso de apelación interpuesto por una acusación particular contra la decisión de la jueza de no citar a la periodista.
En este sentido, los seis magistrados han tenido en cuenta la carta difundida por la periodista el pasado 5 de septiembre con posterioridad a la resolución en la que la magistrada había rechazado su declaración, el 12 de mayo y que confirmó el 16 de junio, cuando certificó la no procedencia del recurso que reclamaba el interrogatorio. En esa carta, Vilaplana aseguraba que estuvo en el restaurante con el jefe del Consell desde las 15 horas y que abandonó el establecimiento entre las 18:30 y las 18:45 horas.
Con ello, la Audiencia concluye que descartar la posibilidad de que la comunicadora, “en sede judicial, con las exigencias y características propias de una diligencia procesal, pudiera ofrecer elementos de interés a los que no hizo referencia en la carta que publicó, se revela apresurado”. "No se puede descartar que, interrogada en las condiciones y con las garantías del proceso penal, pueda ofrecer detalles o matices que pudieran resultar de interés para la investigación. Su testimonio, por su parte, podría ofrecer información que sólo ella, el presidente de la Generalitat y sus interlocutores podrían conocer", recoge el acto de apelación.
El aval de la Audiencia a la juez
Con el telón de fondo de las pesquisas que buscan esclarecer las pesquisas del pasado 29 de octubre, el pasado 3 de octubre la Audiencia Provincial de Valencia avalaba a la magistrada contra la intención de Vox de implicar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la causa penal que investiga la muerte de 229 personas. En un auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, la Sección Segunda desestimaba el recurso de apelación interpuesto por la acusación popular que ejerce el partido político de extrema derecha contra la decisión de la magistrada instructora de Catarroja de denegar la remisión de oficio al Gobierno central para certificar si el presidente convocó el Consejo de Seguridad Nacional por el 29 O.
El tribunal alegó que los recurrentes no explican en su recurso ni justifican "la utilidad que tendría la diligencia de investigación propuesta para el esclarecimiento de la naturaleza de los hechos o la averiguación de los posibles causantes de los fallecimientos y lesiones objeto de esta causa". "El Estatuto de Autonomía atribuye al Consell la coordinación en materia de protección civil, sin que en el marco normativo citado en el recurso de apelación se atribuya una competencia específica al Consejo de Seguridad Nacional", añadió la Sala en la resolución, que es firme.
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