El juzgado de Instrucción Número 11 de Madrid ha archivado la querella de una integrante de Femen a la que un Policía Nacional cogió por los pechos para reducirla durante un acto del 20N, en el que protestaban contra los seguidores del dictador Francisco Franco. Según el auto del magistrado, al que ha tenido acceso ElPlural.com, “el examen de las fotografías aportadas revela que el contacto con los senos alegado por la querellante no fue el único contacto físico mantenido entre ella y el agente. Las fotografías reflejan una actitud de clara resistencia por parte de la querellante, hecho que justificaba su reducción por la fuerza para impedir la alteración de un acto público autorizado”. El abogado de la activista ha explicado que recurrirá la decisión del juez a la Audiencia Provincial.

El juez, en su escrito también explica, para apoyar su archivo del procedimiento esgrime que, “el hecho de realizar la protesta desnuda de cintura para arriba suponía la posibilidad de que en su previsible reducción por la fuerza, se produjera algún contacto físico con su pecho desnudo, máxime si a esa reducción se oponía una resistencia activa”.

“El periodista testigo da detalles sobre tal resistencia, declarando que la querellante metió el codo junto al estómago del agente, y metió el culo. En las fotografías se puede comprobar que el agente querellado sujetaba por detrás a la querellante, pudiéndose apreciar un contacto entre las manos del agente y los senos de la querellante, pero también otros contactos de las manos del agente con los hombros y otras partes del cuerpo de la querellante, contactos no sospechosos de un móvil sexual”, prosigue explicando el auto.

Por último, el juez asevera: “En cuanto a la alegada sonrisa del querellado, no puede alcanzarse una valoración concluyente. El gesto que consta en las fotografías podría ser una sonrisa, o también una mueca por el esfuerzo, como alega el querellado. En suma, de lo actuado no cabe inferir que el querellado realizara tocamientos en los senos de la querellante con finalidad lúbrica o sexual, pudiendo tratarse de un contacto de escasa duración y debido a la resistencia física opuesta por la querellante, que dificultaba la maniobra de reducción. Tal vez el querellado pudo haber sido más cuidadoso a la hora de intentar buscar una parte corporal menos comprometida para agarrar y reducir a la querellante, pero en modo alguno cabe apreciar en tal actuación una finalidad lúbrica, o de atacar la integridad moral de la querellante”.

Declaración del policía

El policía, que estaba acusado de agresión sexual por presuntamente coger por los pechos a una activista de Femen declaró en los juzgados de plaza de Castilla por estos hechos. La declaración fue breve, de 20 minutos. Sin embargo, y pese a lo que ahora recoge el auto de archivo, el agente declaró en su día que negaba haber cogido por los pechos a la mujer. Aseguró que la cogió por los hombros, pese a lo que se puede ver en la fotografía. Una imagen que ha llevado al juez a decir que sí que existió el tocamiento, aunque según el criterio del magistrado no es suficiente para continuar con la causa.

Una declaración que avaló, en la puerta del juzgado Aroon Rivero, secretario general de Jupol, sobre la declaración del policía acusado de agresión sexual por presuntamente tocar los pechos de una activista de Femen, quien aseguró en la puerta de los juzgados que, el agente, “ha declarado exactamente lo que hizo, que llevo a cabo una técnica policial de reducción frente a una persona que estaba agresiva, que quería reventar un acto, y que estaba plenamente permitido. Y lo único que hizo fue inmovilizar a una persona que quería reventar el acto. Él mantiene que no hubo agresión sexual de ningún tipo, solo utilizó una técnica de defensa personal que se enseña en todos los cursos policiales”. “Una técnica que consiste en agarrar a una persona por detrás de los brazos, por los hombros, e intentar reducirla para que no le golpee”, ha matizado el representante del sindicato policial sobre cómo sucedieron los hechos.