La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de 53, 46 y 8 años de cárcel a los tres miembros de la célula yihadista que cometió los atentados terroristas de Barcelona y Cambrils en agosto de 2017, en los que murieron dieciséis personas.

En la sentencia, los magistrados han impuesto una pena de 53 años y seis meses de cárcel a Mohamed Houli Chemlal y de 46 a Driss Oukabir por delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de sustancias y aparatos explosivos e inflamables y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave. También se les impone la inhabilitación absoluta y especial y la prohibición de acercarse a Alcanar (Tarragona) durante 10 años después de cumplirse las condenas de cárcel.

El tercero de los acusados, Said Ben lazza ha recibido una condena de cárcel de 8 años por delito de colaboración con organización terrorista. Aunque también se le impone la inhabilitación absoluta y especial y la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años después de cumplir la pena de prisión.

No obstante, el tribunal ha acordado absolver a Mohamed Houli y Driss Oukabir de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia por los que también habían sido acusados. Asimismo lo hace con Said Ben lazza de los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de explosivos de carácter terrorista y de conspiración para cometer estragos terrorista por los que también había sido acusado.

Las sentencias de la Audiencia Nacional superan la demanda que solicitaba la Fiscalía, ya que para los dos primeros pedía 41 y 36 años de prisión, respectivamente, mientras que para el tercer acusado solicitaba la condena a 8 años de cárcel. El juicio dio comienzo en noviembre de 2020 y se extendió durante 32 sesiones hasta febrero de este año. Mohamed Houli, que fue el único superviviente de la explosión de la vivienda de Alcanar -donde se prepararon los explosivos para atentar-, se acogió a su derecho de no declarar, frente a los otros dos acusados que se limitaron a responder a sus abogados.