Al igual que las enfermedades de transmisión sexual te impiden el acceso a la Policía Nacional, si padeces de juanetes no podrás entrar en los Mossos d’Esquadra, y si eres tartamudo tendrás que pasar por un juicio del tribunal para ingresar en la Ertzaintza.

Estas son solo unas de las anomalías médicas que, según la normativa, te impiden acceder a ciertos cargos públicos. Algunas prohibiciones pueden parecer razonables, como la de las personas con cáncer o enfermedades respiratorias graves, insuficiencias cardíacas o cardiopatías isquémicas. Según lo que el presidente de la Sociedad Española de Cardiología (SEC) Manuel Anguita Sánchez ha contado a Civio, hay enfermedades dentro de su especialidad que se excluyen bajo “criterios lógicos”.

Menos prudente parece que las personas con diabetes, VIH y celiaquía estén incluídas para el acceso de agentes públicos. Aunque los enfermos puedan llevar una vida normal, también es verdad que para el acceso a otros cargos, el padecimiento de estas enfermedades sí supone un veto.

El Consejo de Ministros propuso en noviembre la eliminación de algunas causas médicas. Esta medida ha sido incumplida por el Gobierno, porque la psoriasis sigue siendo un impedimento para, por ejemplo, acceder al Ejército o a la Guardia Civil, aunque en la normativa actual se le llama “dermatosis externas y generalizadas”.

En algunos casos, la selección de los futuros funcionarios con patologías se basa en la superación de un reconocimiento médico, garantizando así el buen estado de salud para el puesto al que quieren acceder. Teniendo en cuenta que dichas pruebas médicas deben de garantizar los principios de igualdad, mérito y capacidad.

En otros, los expertos critican estos vetos, calificándolos como desactualizados. Y otros facultativos no entienden ni comparten ciertas inclusiones, como Laura Audí Parera, especialista en Bioquímica clínica, que declaró a Civio que “me he quedado atónita porque se excluye casi todo”, tachando estas medidas como discriminatorias. Con la misma opinión está el oftalmólogo Rubén Pascual Pérez dice que “en general estas exclusiones médicas están obsoletas y son incoherentes”, y critica la inclusión de ciertos diagnósticos médicos como el nistagmus (movimiento involuntario del ojo), los exoftalmos (ojos un poco salidos, sin afección a la vista) o la queratitis (inflamación de la capa externa del ojo).

Por el contrario, la portavoz de la Sociedad Española de Otorrinolangología (SEORL), María José Lavilla Martín de Valmaseda, está de acuerdo con que, por ejemplo, un tartamudo no deba acceder a ciertos cargos públicos, ya que afirma que “en situaciones de estrés los problemas aumentan”, por lo que los enfermos no deberían acceder a puestos “de tantísima responsabilidad”. Actualmente, la tartamudez grave o limitante sigue siendo un veto para la formación de Guardia Civil y Ejército, y para la Ertzaintza, respectivamente.