El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sanción a un profesor de Policía que defendía en sus clases teorías conspiranoicas como negar el Holocausto nazi, decía que las elecciones de Estados Unidos fueron amañadas y llegó a llamar “Begoño” a la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

El también agente, que durante dos décadas dio clases como profesor en la Academia de Policía de Ávila, incurrió en dos faltas graves por dejar a un lado el temario oficial para difundir sus argumentos ideológicos, incluso llegó a no cumplir la normativa de utilizar la mascarilla cuando ésta era obligatoria en dichos centros debido a la pandemia de coronavirus. Pese a que no pesaban sobre él sanciones previos y teniendo a sus espaldas una larga trayectoria profesional y una hoja de servicios “muy relevante”, sí que sus alumnos descubrieron que gestionaba una cuenta de red social de corte ultra.

La primera denuncia en su contra fue interpuesta por otros dos profesores en verano de 2021, cuando daban cuenta del “comportamiento anómalo” de este profesor con motivo de un trabajo de clase de una alumna que se centró en un atentado en Noruega que acabó con la vida de 77 personas. Y es que el profesor le puso una nota muy inferior al considerar que el autor del atentado no era un terrorista de extrema derecha, sino “un masón”.

Entonces, la Policía Nacional le abrió un expediente y varios de sus alumnos tuvieron que declarar en el proceso, quienes dieron cuenta de que este agente tenía rasgos “antisemitas, simpatías ideológicas nazis y ultracatólicos”. Finalmente, se le impuso una triple sanción, aunque la última, de la mascarilla, fue anulada.

De comprar el relato a Trump al bulo sobre Begoña Gómez

Según reza en el expediente disciplinario que se le aplicó, este profesor policía dedicaba sus clases a defender que las elecciones en Estados Unidos, en las que perdió Donald Trump y ganó Joe Biden, estuvieron “amañadas” y el demócrata era “un pedófilo”. Pero no sólo estas, sino que las últimas elecciones generales españolas también estuvieron manipuladas por el voto por correo.

También adoptó discursos propios de la extrema derecha, llegando a decir que tanto la esposa y exprimera dama de Estados Unidos, Michelle Obama, como la esposa del presidente del Gobierno español, Begoña Gómez, a quien se refería como “Begoño”, eran transexuales.

Fue incluso más allá en sus proclamas al negar en rotundo la existencia del Holocausto nazi: “No había existido”, decía. Con las mismas, también negó la pandemia de coronavirus, motivo por el que no llevaba la mascarilla cuando era obligatoria y necesaria, alegando que era “una invención”.

Debido a este telón de fondo de discursos ultras que se dieron mientras ejercía como profesor en la Academia de Policía de Ávila, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se hizo cargo de las denuncias y, tras un recurso, confirmó e impulsó la última sanción relativa a la mascarilla. Así, y según recoge ahora eldiario.es, el profesor presentará un recurso ante el Tribunal Supremo y, tras cumplirla, pretende continuar sus clases en la institución policial.

Sin embargo, cabe remarcar que este proceso en los tribunales fue complejo. Los hechos sancionadores se remontan a 2022, cuando un juzgado de Ávila investigó lo sucedido pero terminó archivando las denuncias. Un alegato al que se agarró el formador para defender que un juzgado no vio infracción penal en las proclamas esgrimidas en sus clases.

Así las cosas, los jueces han determinado que el docente puede tener “las opiniones políticas, filosóficas, jurídicas, éticas, religiosas o históricas” que considere porque estas “no son objeto de sanción”, sino que se le sancionó por “un abuso de la situación de superioridad en beneficio propio e ideas que se difunden aprovechando la obligación del auditorio, que no le elige”.

Así el tribunal madrileño ha fallado señalando “la utilización de un espacio público, por ello neutral, en la difusión de ideas con una carga político-ideológica”: “No juzgamos si es mejor o peor, pero no es neutral. Ello supone una conculcación del deber de neutralidad política”, señalan los magistrados en una sentencia aun recurrible con el recurso llevado ahora al Supremo por el denunciado.

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