Gritar a las mujeres "putas", "ninfómanas" u "os vamos a follar" no es un delito de odio machista. Este es el argumento que ha encontrado la Fiscalía de Madrid para archivar la investigación de los cánticos sexistas del Colegio Mayor Elías Ahuja contra unas estudiantes de un centro situado enfrente. Una polémica que se hizo viral a través de las redes sociales, donde ha causado mucho revuelo en aquel momento, y que ha llevado a solo uno de los jóvenes ante la justicia. Sin embargo, esto finalmente ha quedado en nada al considerar que no es una discriminación. Sí tildan estas proclamas de "irrespetuosos e insultantes" contra las chicas, aunque no son suficientes para continuar con el procedimiento judicial iniciado a raíz de una denuncia de Movimiento contra la Intolerancia.

Gritos machistas del Elías Ahuja

Este miércoles, la Fiscalía de Madrid ha comunicado a través de una nota informativa dirigida a los medios de comunicación que ha acordado "el archivo de las diligencias de investigación" abiertas contra un alumno de la residencia de estudiantes Elías Ahuja de Madrid por los gritos sexistas lanzados la noche del 2 de octubre de 2022 contra las residentes del Colegio Mayor Santa Mónica, según han informado fuentes fiscales. Estas diligencias se incoaron a raíz de una denuncia por parte de Movimiento contra la Intolerancia, que consideraron que estos cánticos podrían ser constitutivos de un delito de odio, especialmente contra las mujeres. 

Ha sido el pasado mes de febrero cuando el alumno que inició los cánticos, a los que se sumaron el resto de estudiantes de este Colegio Mayor, declaró ante el fiscal que las consignas dedicadas hacia sus vecinas del Santa Mónica, situado enfrente, eran "una broma" y que correspondían a "una tradición", negando así que su intención fuera humillar a las chicas. Unas palabras que se produjeron meses después de que saliera a la luz un vídeo en octubre de 2022 en el que la mayor parte de los estudiantes residentes en este centro, adscrito a la Universidad Complutense, gritan desde la ventana "ninfómanas", "putas" u "os vamos a follar".

La polémica fue enorme ya que en las imágenes, más allá de los cánticos, se pudieron ver a decenas de chicos asomados a las ventanas del bloque del Elías Ahuja jaleando los gritos sexistas y sexuales que se profirieron por parte de uno de los chicos. Cabe destacar que las mujeres de enfrente salieron en defensa de los compañeros asegurando que no se sintieron amedrentadas y que, tal y como afirmaron los propios implicados, formaba parte de una tradición universitaria. Esto abrió un gran debate al respecto y ha llevado al Congreso a legislar para evitar la segregación por sexos en estas residencias.

La Fiscalía no ve odio

Ahora, el fiscal ha sostenido en su decreto de archivo de la investigación que estos hechos -que provocaron la expulsión del centro de este personaje aunque ha regresado- son "irrespetuosos e insultantes para las mujeres" y las expresiones proferidas constituyen "un ataque a la dignidad individual o colectiva de aquellas". Sin embargo, no pueden ser por sí solas constitutivas de un delito de odio de acuerdo al artículo 510.2 a) del Código Penal ya que este exige la concurrencia de una motivación discriminatoria concreta, la cual no ha resultado acreditada en la investigación por hechos anteriores, coetáneos ni posteriores a los denunciados.

Según la Fiscalía, la acción investigada no puede tipificarse tampoco como un delito contra la integridad moral porque para ello es necesario que alguna de las personas destinatarias de las expresiones proferidas se hubiera sentido ofendida y "no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia haya denunciado los hechos". En el texto, la justicia afirma también que los hechos no pueden incorporarse en el nuevo artículo 173.4 del Código Penal, introducido por la LO 10/2022 (la llamada Ley del solo sí es sí), ya que los hechos ocurrieron el 2 de octubre de 2022 y esta legislación entró en vigor cinco días después.

Más allá de conflicto político al respecto de la norma de la ministra de Igualdad, Irene Montero, este dictamen castiga a quienes se dirijan a otras personas con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad. Con todo, la Fiscalía sí admite que los hechos de la controversia sí han tenido una respuesta fuera del ámbito penal, al haber tomado medidas de forma inmediata por parte del Colegio Mayor Elías Ahuja​​​​​​​.