Jose Miguel P.D recibió en julio de 2016 una notificación de la Agencia Tributaria de Getafe momentos antes de irse de vacaciones. Al abrirla, la sorpresa del contenido fue mayúscula. Le comunicaban que iba a ser sancionado con una importante cuantía económica alegando que en base al consumo eléctrico había detectado que su vivienda no era ‘habitual’, y que por tanto, no podía haber disfrutado de las deducciones previstas a tal efecto en la Declaración de la Renta. En ese momento comenzó su pesadilla.

“¿Cómo no va a ser mi vivienda habitual si yo vivo ahí? ¿Cómo no va a ser mi vivienda si no tengo otra? ¿Solo por que a Hacienda le parecen bajos mis consumos eléctricos?", se preguntaba Jose Miguel y afirmaba que tenía  derecho “a gastar lo que quiera, ya que el nivel de consumo en la vivienda no está regulado en ninguna ley española”. Ante tal evento, el denunciado comenzó un litigio legal contra Hacienda. Y lo ha ganado. 

En declaraciones para ElPlural.com, datadas de julio de 2017, Jose Miguel afirmó que llegaría "hasta donde tenga que llegar para poder demostrar que la Agencia Tributaria no lleva razón”. Finalmente, tal y como ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Hacienda deberá devolver a Jose Miguel las deducciones que le aplicaron en diversas declaraciones de la renta dentro del apartado de vivienda habitual debido a la consideración de que dicho hogar no era el habitual. 

El pasado 31 de enero, se dictó una sentencia en la que se afirma que "no podemos sino concluir que el actor ha logrado justificar los hechos constitutivos del derecho que pretende hacer valer y que la Administración ha negado indebidamente que la vivienda hubiera sido habitada de manera efectiva y con carácter permanente durante el tiempo pretendido por el actor".