He de reconocer que la idea de este título no es mía. Es de alguien muy relacionado con el ámbito al que voy a dedicar hoy el artículo, las personas recluidas en prisión.

Si de algo ha servido este confinamiento es para que sepamos valorar la libertad en su verdadera dimensión. Poder decidir adónde vas y en qué momento lo haces o dejas de hacerlo es un lujo tan grande que tiene la categoría de derecho. Algo que siempre le he dicho a quienes, haciendo alarde de frivolidad, insistían en que en prisión se pegan la gran vida, simplemente por el hecho de que tengan acceso a una televisión, un ordenador o una piscina.

Pero ahora que tenemos restringida nuestra movilidad, somos mínimamente conscientes de lo que supone esa libertad ambulatoria. Pero no debemos olvidar que lo nuestro, vía estado de alarma, es una restricción, y lo de la población reclusa una privación. Términos parecidos, pero profundamente desiguales.

Pues bien, una vez sentado que lo suyo es un castigo -eso significa la palabra “pena”-, de lo que no somos conscientes es de ese doble castigo del que me hablaba mi amigo. De pronto, quedan limitadas todas esas pequeñas o grandes cosas que humanizaban su reclusión: permisos, visitas o actividades varias. En la mayoría de casos, porque la situación no deja otro remedio; es evidente que si hay una restricción de movilidad para todo el mundo es imposible, por ejemplo, acceder a un vis a vis.

Pero a estas restricciones que vienen de la lógica -o casi- se suman otras que podían tener otras alternativas, pero son terribles para estas personas. Han dejado de trabajar con ellos las ONG y asociaciones con las que hacían talleres y terapias ocupacionales, formativas, para tratar adicciones y cualquier otra. De un plumazo, se les priva de un derecho fundamental: la rehabilitación. Y la rehabilitación es el fin que, según la Constitución, han de cumplir las penas.

Y todavía hay más. Se han espaciado notablemente las reuniones de las juntas de tratamiento penitenciario, con lo cual se han frustrado un montón de aspiraciones en orden a la progresión de grado de cumplimiento, con todo lo que ello supone.

La libertad es un bien precioso. Pero no podemos caer en la simpleza de pensar que el estado de alarma nos ha equiparado a quienes están cumpliendo una pena de privación de libertad, porque no es así en absoluto. En su caso sufren un doble castigo.