Vienen estas cuestiones a cuento por el juicio oral contra Javier Krahe que se ha celebrado este lunes en el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid por un presunto delito contra los sentimientos religiosos. El Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro se querelló contra este cantautor por la producción de un vídeo del año 1978 titulado “Cómo cocinar un crucifijo” en el que aparecía alguien que desprende la imagen de Cristo de su cruz, lo deposita en una fuente y lo introduce después en un horno, al mismo tiempo que hace el siguiente comentario: “Se deja dentro del horno durante tres días, al cabo de los cuales sale completamente solo”.

Éste es, sin duda, un vídeo que puede ser considerado por los católicos como irreverente y blasfemo. No obstante, la palabra blasfemia tiene la siguiente primera acepción en el diccionario de la Real Academia Española: “Palabra o expresión injuriosa contra Dios o las personas o cosas sagradas”. Pero no deben olvidar los creyentes católicos que una segunda acepción de esta palabra es la de “injuria grave contra una persona”.

El artículo 525.1 del Código Penal, que es el esgrimido por el denunciante en su querella contra Krahe, establece que “incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican”. Sin embargo, no sólo los creyentes pueden ser objeto de ofensa y, en este sentido, el apartado segundo de este mismo artículo expresa que “en las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”.

En este marco jurídico y de convivencia cabe, entonces, preguntarse ¿Por qué una persona no católica ha de considerar respetable ideas y creencias tan disparatadas para él, como la existencia de un dios con tres personas distintas o de una mujer que siendo virgen es, a su vez, madre de su propio creador, cuando algunos católicos y, fundamentalmente la jerarquía de su Iglesia, no sólo no respetan las ideas y actitudes ajenas, sino que se permiten descalificar e injuriar con impunidad y gravemente a las personas que las sostienen, llamando depravados y prostitutos a los que tienen relaciones sexuales con una pareja del mismo sexo o asesinos a los que deciden o realizan la interrupción de un embarazo al amparo de una legislación que se lo permite?

La sensibilidad no es patrimonio exclusivo de los católicos porque, si bien los que no lo somos hemos echado callo -y hablo por todos los que me precedieron- tras cientos de años sufriendo persecución, tortura e, incluso, muerte por sostener ideas contrarias a las suyas, tenemos también -que nadie lo dude- nuestro corazoncito . Como dijo el rey don Juan Carlos en su último discurso de Navidad “la ley es igual para todos”, ¿o no?, como dice Rajoy en cualquiera de sus intervenciones haciendo gala de su definida indefinición galaica. ¡Pues eso!

Gerardo Rivas Rico es licenciado en Ciencias Económicas