La supresión del voto rogado ya es una realidad en España. El Boletín Oficial del Estado ha recogido este mismo lunes la modificación del articulado que regulaba un procedimiento eterno y exasperante para los emigrantes españoles, enredados en trabas burocráticas y plazos ajustados que imposibilitaban, en gran medida, su derecho al voto en los comicios autonómicos, europeos y nacionales. A partir de ahora, tal y como ha comentado el propio ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, el sistema será mucho menos complejo, los cerca de dos millones de españoles residentes en el extranjero recibirán toda la documentación necesaria sin tener que solicitarla previamente -como se exigía en la ley de 2011- y podrán imprimir las papeletas electorales desde su propio domicilio en tiempo y forma.

Con esta reforma, y la promesa de remitir la documentación necesaria para realizar el voto con tiempo suficiente para que llegue con garantías a las diferentes juntas electorales provinciales encargadas del recuento, se pone fin a una anomalía democrática que llegó con el cambio en la ley registrado en 2011. El propio PSOE, consciente de que la movilización en el extranjero se ha reducido notablemente desde la implementación de aquella medida -promovida durante el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero con el apoyo del PP, CiU y PNV- ha reconocido que se trató de “un error”: “Se pone fin a una injusticia”, ha indicado el propio Bolaños en un vídeo publicado en las cuentas del ministerio del que es titular.

Las cifras son claras, y el propio BOE las recoge en su justificación de la supresión del voto rogado: de forma previa a 2011, cerca de un 30% de los españoles residentes en el extranjero conseguían mostrar sus voluntades en las diferentes elecciones convocadas -entre el 22,99 por ciento de los comicios del 2000 y el 31,88 de 2008-. Reformada la ley del Régimen Electoral General en 2011, la cifra se redujo de forma notoria: “En el caso de las elecciones generales celebradas en 2011, 2015, 2016 y 2019, menos del 10 por ciento de los electores solicitaron o rogaron el voto como consecuencia de la complejidad del procedimiento”, explica el Boletín Oficial del Estado en el preámbulo de la nueva modificación legislativa.

La reforma contempla, además, nuevos plazos para el depósito del voto en urna (se amplían de tres a siete días) y para la apertura de los votos emitidos desde el extranjero (de tres a cinco días): “Esta medida es imprescindible si se quiere que el esfuerzo de participación democrática de nuestros conciudadanos en el extranjero sea tomado en consideración, pues el plazo actual de tres días desde la fecha de la votación hasta la de apertura de los votos remitidos desde el extranjero se ha demostrado insuficiente para garantizar la recepción de esos votos”.

Trámite parlamentario

Fue el pasado 21 de septiembre cuando el Senado debatió la supresión del voto rogado de forma favorable, con las mismas pesquisas que las entregadas por el Congreso de los Diputados y sin animadversión entre los senadores presentes. El quórum por cambiar esta ley venía de tiempo atrás, y únicamente formaciones como ERC, Junts o la Agrupación Socialista Gomera (ASG) mantuvieron cerca de una veintena de enmiendas vivas hasta la culminación del trámite parlamentario al creer que la modificación de la ley podía incluir otros aspectos para su mejora.

La sangría de votos procedentes de los inscritos en el CERA, Censo de Españoles Residentes Ausentes, ha sido continuada y cada vez más frecuente. La desazón de los españoles residentes en el extranjero era notoria y pública en cada cita electoral, y las cifras demoledoras para la calidad democrática del país: de los 2.277.179 ciudadanos inscritos en el CERA el pasado mes de agosto, solo 64.000 efectuaron su voto en las elecciones de noviembre de 2019 (un 3% de la totalidad de los inscritos, según cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE).

“Hoy damos un importante paso con la aprobación de la reforma de la ley electoral para suprimir el voto rogado. Hoy damos un importante paso con la aprobación de la reforma de la ley electoral para suprimir el voto rogado”, indicaba en el Senado, desde la tribuna de oradores, el portavoz adjunto de los socialistas en la Cámara Alta César Mogo.

El voto rogado, de izquierdas

Desde que en 2011 se impusiera la modificación en la ley que incluía la necesidad de ‘rogar’ el voto, los resultados registrados por el Ministerio del Interior de los inscritos en el CERA han sido muy favorables para la izquierda. Concretamente, la victoria en las elecciones generales de 2011, 2016, 2016 y 2019 se la repartieron entre PSOE y Unidas Podemos.

En las elecciones de abril de 2019 fueron los socialistas los que se impusieron entre los residentes en el extranjero, con un 26,9% de los votos recogidos. Podemos consiguió el segundo lugar en el recuento CERA en esas elecciones, con el 16,1%; seguido de Ciudadanos (16,1%) y PP (14,49%).

Tanto en 2016 como en 2015 fue la formación entonces liderada por Pablo Iglesias la que se impuso en este particular recuento. En la fecha más cercana, los morados consiguieron el 30% de los votos, mientras que un año antes -en su estreno en unas elecciones generales- cosecharon el 27% de los sufragios, imponiéndose así a un PP que les seguía de cerca.

En 2011, fecha en la que se estrenaba la nueva forma de votación para los electores ausentes, fue el PSOE quien consiguió la victoria en el recuento CERA. Pese a la mayoría de Rajoy en las generales, los votantes socialistas se impusieron en el extranjero con el 38,52% de los votos, por el 37,85 cosechado por los populares.