Directiva europea de trabajo
El Gobierno ha aprobado también la transposición de la directiva europea de condiciones laborales transparentes y previsibles. La nueva norma introduce el reconocimiento en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores el derecho a que las condiciones de trabajo sean previsibles lo que implica que la persona trabajadora debe conocer de antemano su pauta de trabajo y, en su caso, los criterios en virtud de los cuales dichas condiciones pueden cambiar.
Se exige que la empresa haga constar por escrito los contratos de trabajo independientemente de su duración. Además, será obligatoria la información por escrito si se modifican los elementos esenciales de la relación laboral. El contrato, en caso de no cumplir con la información obligatoria se presumirá indefinido a tiempo completo. Se consideran condiciones esenciales de trabajo las relativas a:
- La duración del contrato
- La duración de la jornada y su distribución
- La duración del periodo de prueba