El Ayuntamiento de La Adrada (Ávila), de gobierno popular mantiene un silencio sepulcral frente a todo lo que tiene que ver con el chalet que el juez Juan Carlos Peinado -magistrado que investiga a Begoña Gómez- tiene en el municipio y que se encuentra en situación irregular.

El Comisionado de Transparencia de Castilla y León apercibió a principios del pasado mes de agosto al ayuntamiento de la localidad por ocultar información clave sobre la vivienda. El organismo remitió por aquellas fechas al activista Fernando Jabonero una nota, según explica él mismo en declaraciones a ElPlural.com, diciéndole que requería a la alcaldesa al territorio, Pilar Martínez, los datos pertinentes “de forma inmediata”.

La persona que más pie en pared ha puesto contra el inmueble explica a este periódico que se trata de una resolución ejecutiva y que, por lo tanto, el Consistorio está en la obligación de enviarlo los documentos solicitados. Pero nada más lejos de la realidad.

"Llamé todos los días"

Así las cosas, Jabonero proyecta que el equipo local debería haberle facilitado los informes jurídicos que presuntamente el municipio concedió al magistrado para concederle la licencia de obra y las que fueran adicionales. Sin embargo, esto no ha pasado, a pesar de la insistencia de la persona que habla para estas líneas: “Como aproximadamente una semana después no había obtenido información, a partir del 10 o 12 de agosto llamé prácticamente todos los días para que me explicaran por qué no me enviaban la información”.

El activista detalla que suele preguntar "por la alcaldesa y la secretaria”, pero que ha sido incapaz de hablar con ninguna de ellas. “No me han mandado la documentación, lo cual quiere decir que no quieren acatar la resolución del Comisionado de Transparencia”, considera. O lo que es lo mismo: “Se están negando por la vía de los hechos y sin decir nada a trasladarme información pública, dado que pertenece a unos expedientes que ya están archivados; y en su día concederían la licencia”.

La idea refuerza el apercibimiento del Comisionado de Transparencia castellanoleonés a fecha 1 de agosto, cuando el mencionado organismo pedía a la entidad “estimar la reclamación frente a la denegación de una solicitud de información pública presentada por Fernando Jabonero Orasio al Ayuntamiento de La Adrada, en Ávila”.

Asimismo, emplazaba que “para dar cumplimiento a esta resolución, el Ayuntamiento de La Adrada debería facilitar al reclamante una copia de los informes técnicos y jurídicos emitidos para facultar la concesión de licencias urbanísticas (de primera ocupación y las de obras de las dos construcciones, vallado, plataforma hormigonada y piscina), una copia de los acuerdos o resoluciones de la concesión de cada una de las licencias anteriores y, por último, una copia de las autorizaciones municipales para facultar las acometidas, y en caso de evacuaciones, de agua y energía eléctrica”.

No es el único organismo que duda de la vivienda

No es el único organismo que duda del inmueble que se encuentra en el municipio de Ávila, y es que la Fiscalía de la provincia también percibió indicios de “criminalidad urbanística” en el chalet de La Adrada propiedad del magistrado que investiga a Gómez.

El Ministerio Público considera que el juez podría haber incurrido en una “criminalidad urbanística” mientras el Consistorio pudo haber cometido prevaricación al permitir bajo mandato de la derecha la construcción del chalet de manera irregular, si bien el caso ha terminado archivándose por la prescripción de este sucedo.

La información era adelantada por elDiario.es y pudo confirmar este periódico, la Fiscalía señalaba las “irregularidades apreciadas en la tramitación del expediente”, que serían pruebas de “conductas con indicios de criminalidad urbanística, pero serían delitos prescritos”.

El texto, al que tuvo acceso este medio de comunicación, hablaba de un “delito por omisión” del Ayuntamiento conservador, que elevó los hechos al SEPRONA y los motivos que condujeron al archivo de la investigación.  El texto dispone que “tratándose de la construcción de una vivienda aislada, no vinculada a explotación agrícola, ganadera o de cualquier otro uso propio del suelo rústico”; su uso podría “no ser permitido” por “no acogerse a la legalidad urbanística”.

El mismo documento indica igualmente que existen “indicios de que se hubiera incurrido en un delito de prevaricación urbanística” atendiendo al artículo 320.1 del Código Penal. En paralelo, el denunciante estima que el inmueble de Peinado carece de licencia.

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