El exministro socialista José Luis Ábalos, ahora diputado del Grupo Mixto, ha pedido este miércoles autorización a la Mesa del Congreso de los Diputados para poder participar telemáticamente desde la cárcel en las votaciones que tendrán lugar este jueves en el Pleno de la Cámara.
Así lo ha anunciado el propio Ábalos en su cuenta de 'X' -antigua Twitter- poco después de que la Sala de Apelación del Tribunal Supremo haya avalado la decisión del magistrado del Supremo, Leopoldo Puente, de procesarle junto con su exasesor ministerial Koldo García por presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas que adjudicó el Ministerio de Transportes durante la pandemia.
Ábalos solicita que le dejen votar en remoto en virtud del artículo 82.2 del Reglamento de la Cámara Baja, que reconoce el supuesto de "situaciones excepcionales de especial gravedad". El diputado subraya en estos términos que la norma no especifica el motivo de dicha situación excepcional y avisa de que no concederle autorización sería "una vulneración sin precedentes y de extrema gravedad tanto en los derechos inherentes a cualquier diputado o diputada como a la representación de la ciudadanía".
"El ejercicio de la representación popular de un diputado electo en el órgano legislativo mediante su voto es fundamental en una democracia plena como la nuestra. Es un derecho a participar en las decisiones de la Cámara, y la posibilitación de su ejercicio es clave para el papel legislativo en la aprobación de leyes y de control del gobierno. Su impedimento sería una vulneración sin precedentes y de extrema gravedad tanto en los derechos inherentes a cualquier diputado o diputada como a la representación de la ciudadanía", ha argumentado.
Dado que sigo siendo diputado con todos mis derechos, deberes y prerrogativas parlamentarias intactas, he solicitado a la Mesa del Congreso autorización para ejercer mi derecho al voto de forma telemática en las sesiones de hoy (en caso de producirse) y mañana 11 de diciembre, en… pic.twitter.com/0VU0UrYJC1
— EN EL NOMBRE DE ÁBALOS (@abalosmeco) December 10, 2025
¿Cuáles son los pasos?
No obstante, el procedimiento que se ha de seguir radica en que, cuando el Supremo comunique a la Mesa del Congreso que el auto conocido en detalle este martes es firme, la Cámara Baja podrá aplicar la parte del reglamento que rige la suspensión de los derechos y deberes de un diputado, en virtud del artículo 21. Hasta la fecha, el Congreso ha evitado suspenderle directamente de sus derechos a la espera de que el auto de procesamiento contra el extitular de Transportes fuese firme. El mencionado artículo señala: "Los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta".
Cuando se materializó su entrada en prisión a finales de noviembre, para que Ábalos deje de ser diputado de manera definitiva, él mismo debe renunciar a su acta o ser condenado a una inhabilitación en sentencia firme y, por el momento, lo que se ha llevado a cabo es que no percibirá su salario ni podrá participar en las votaciones, pese a la petición que ha solicitado este miércoles.
El artículo 82.2.g en el que se apoya Ábalos para ejercer este derecho reza que se podrá conceder el voto telemático a diputados cuando puedan existir “otras situaciones excepcionales de especial gravedad que impiden el desempeño de la función parlamentaria debidamente justificadas”.
Este miércoles la Sala de Apelación del Supremo ha avalado la decisión del magistrado instructor de procesar a Ábalos junto con su exasesor ministerial Koldo García por presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas que adjudicó el Ministerio de Transportes durante la pandemia. El escenario actual apunta a que no dará tiempo a resolver esta cuestión del voto desde la cárcel porque el Congreso ya ha recibido la correspondiente notificación del Alto Tribunal dando firmeza al procesamiento, con lo que se aplicará el precepto reglamentario de la suspensión.