La última campaña electoral de Unidas Podemos descansó en una reivindicación de la Constitución. Parece que, desde entonces, le han cogido cariño y ahora hasta la invocan para fundamentar conveniencias partidistas.

El líder de este formación, Pablo Iglesias, ante la negativa del PSOE de aceptar su propuesta de gobierno de coalición, ha apelado a un pretendido poder moderador del Jefe del Estado. Pero una cosa es un deseo y otra bien distinta lo que la Constitución dispone.

La deber regio y de naturaleza estrictamente institucional, que establece en el art. 99.1 CE ("el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria...propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno) no puede interpretarse al margen del art 1.3 CE, donde se nos dice que "la forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria".

Esto significa que nuestro modelo de Jefatura del Estado se rige por dos principios inherentes a toda monarquía parlamentaria, a saber: el Rey nunca se equivoca (King can do not wrong), que se traduce jurídicamente en la inviolabilidad de su persona (art. 56.3 CE), y la constitución del referendo (art.64. CE);  y, como consecuencia de lo anterior, que el Rey reina pero no gobierna.   

Por tanto, el Jefe del Estado no debe intervenir en el gobierno democrático del país. Sus actos son, desde una perspectiva constitucional, actos debidos, salvo los concernientes a la gestión de su Casa (65.2 CE).  En pura hipótesis, puesto que la Constitución no lo prohibe expresamente, el Rey podría proponer candidato a Presidente del Gobierno a quien quisiese, como también podría no sancionar o promulgar una ley o no firmar la convocatoria electoral que le proponga el Presidente del Gobierno. Pero, en todos esos casos, el Rey no estaría cumpliendo con su "deber" constitucional.

El Rey debe sancionar y promulgar las leyes aprobadas por los representantes del pueblo español, debe firmar la convocatoria de elecciones cuando se lo solicita el Presidente del Gobierno y debe proponer como candidato al que cuente con más apoyos en la Cámara y, si éste no aceptase, al que reúna más apoyos en segundo lugar y, así, sucesivamente. Con tal proceder cumple con su deber constitucional, y, sobre todo, respeta escrupulosamente la voluntad del pueblo. El Rey debe proponer un candidato a Presidente de un Gobierno cuando constate que cuenta con los apoyos necesarios para gobernar. Pero no debe ir más allá. 

A pesar de los deseos de Pablo Iglesias, el Rey no debe jugar a ser una Celestina. El acuerdo o no acuerdo para formar gobierno es una responsabilidad de las fuerzas políticas presentes en el Congreso de los Diputados. Ese es su "deber" constitucional. Otras cosa es que lo cumplan.

Francisco Caamaño es expero en derecho constitucional y exministro de Justicia del PSOE.