A las doce de la noche y un minuto de este miércoles ya se puede hacer la declaración del IRPF a través del programa RENTA WEB (www.agenciatributaria.es), que fusiona las ventajas del conocido programa PADRE y el borrador, y permite además de confirmarlo, hacer la propia declaración incluyendo deducciones y bonificaciones que no figuren en el borrador convencional, dado que Hacienda no conoce todos los cambios personales de los contribuyentes.

Plazos
Desde esta noche se puede presentar la declaración por internet, a partir del 4 de mayo se puede solicitar cita previa para presentar la declaración en las oficinas de la Agencia tributaria, el 10 de mayo se abre el servicio de atención presencial en las oficinas y el plazo para presentar la declaración finaliza -para todo el mundo- el 30 de junio.

Los exentos
No tienen que presentar declaración de IRPF aquellos contribuyentes que hayan ingresado menos de 22.000 euros de un solo pagador, en el caso de que se llegue a esa cantidad por ingresos de dos o más pagadores las cantidades percibidas por el segundo y restantes pagadores no podrán superar los 1.500 euros.
Cualquier contribuyente que haya cobrado menos de 12.000 euros en 2014 no tiene que hacer la declaración de la renta, pero si quiere beneficiarse de alguna de las ayudas por maternidad, familiares o por la vivienda sí tiene que presentarla.

Deducciones y bonificaciones
Las más habituales para la mayoría de contribuyentes son la deducción por vivienda habitual y alquiler, deducciones familiares y por planes de pensiones y ahorro.

Vivienda habitual: las hipotecas firmadas a partir del 31 de diciembre 2012 ya no desgravan (fue suprimido por el Gobierno de Rajoy a pesar de que prometió no hacerlo), por las viviendas compradas antes se desgravará un 15% de los intereses con un límite de 9.040 euros por contribuyente.
En cuanto al alquiler, también ha sido suprimido por Montoro para los alquileres firmados a partir del 1 de enero de 2015, los firmados antes tienen una desgravación estatal del 10% a la que hay que sumar la autonómica. No obstante, los baremos de desgravación van por tramos y solo las rentas inferiores a 12.000 euros desgravan el máximo. Para el arrendador (el casero) el alquiler es un chollo, ya que puede desgravar el 100% de los rendimientos obtenidos si alquila a jóvenes entre 18 y 30 años, si no el caso puede desgravar desde por los gastos de portería a reformas o por los impuestos que paga. El casero puede beneficiarse de una deducción general del 60%.

Deducciones familiares: además de las de familia numerosa, con dependientes o con hijos o padres discapacitados, está la deducción para madres trabajadoras y la ayuda para familias monoparentales con dos hijos. Son 1.200 euros por contribuyente y se puede solicitar su cobre a lo largo del año (100 euros al mes) o solicitarlo en un solo pago en la declaración e la renta.

Planes de pensiones: El Gobierno ha bajado las deducciones para esta campaña y el máximo que puede desgravarse de la base imponible es por 8.000 euros al año (antes eran 10.000).