El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha calificado de "extraordinaria noticia" la condena a Amazon por tener a más de 2.000 repartidores como falsos autónomos y ha avisado a quienes operen de esa manera, porque "van a caer".

En acto en Santiago, Álvarez ha avisado a aquellos que están utilizando la contratación vía autónomos con trabajos que forman parte del sistema productivo de la empresa y que por tanto tienen que ser trabajadores por cuenta ajena. "Que vayan pensando que van a caer", ha incidido.

En este sentido, ha considerado que tardarán "un poquito más", pero ha agregado que "finalmente van a tener que regularizar a los trabajadores porque la ley va avanzando". Además, ha dicho, "la ley de riders va más allá de los riders" ya que "tiene que ver con las plataformas digitales y esta es una extraordinaria noticia".

Por su parte, ha apuntado que a UGT le hubiera "gustado" que el Gobierno "se hubiera comprometido a multiplicar por dos en cuatro años los efectivos" de la inspección de trabajo. "Porque allá donde va", ha resaltado, "encuentra petróleo".

A este respecto, ha resaltado que "a nadie se le ocurriría hacer un gran código de tráfico sin tener la Guardia Civil para hacerlo cumplir", para finalizar: "Pues aquí, lo mismo".

El caso Amazon

El mismo día que se ha aprobado en el Parlamento Europeo el texto para la Directiva Europea para regular el trabajo en las plataformas digitales, el juzgado 14 de Madrid ha dado la razón a los servicios jurídicos del sindicato, parte en este procedimiento, aplicando la doctrina del Tribunal Supremo del 25 de septiembre de 2020 en que se determinó la laboralidad de la relación de prestación de servicios de los repartidores de Glovo. Esto supone un avance más de la jurisprudencia como mecanismo para llegar a la correcta adaptación las nuevas modalidades de trabajo que se van generando conforme a la integración de las aplicaciones informáticas en los procesos productivos.

En dicha sentencia se descarta que la empresa opere como mera intermediaria entre los comercios y repartidores. La sentencia declara de forma tajante que “concurren en definitiva, los elementos de dependencia y ajenidad, que determinan calificar las relaciones jurídicas analizadas  a las que se refiere el acta de liquidación, como relaciones laborales comunes, lo que supone estimar la demanda de declarando que las personas reflejadas mantuvieron una relación laboral con AMAZON SPAIN FULFILLMENT S.L., en los periodos concretos en los que cada uno de ellos prestó servicios dentro del periodo que abarca el acta de liquidación“.

Dicho juzgado considera que el concepto de trabajador por cuenta ajena, consolidado en el TJUE, contempla una noción de contrato de trabajo más amplia. Esta concepción, que se ha incorporado a España por la Ley Rider y que tiene en cuenta la aparición de empresas que prestan servicios a través de las nuevas tecnologías y plataformas digitales, también han sido incluidas en la Directiva que ha sido aprobada hoy por el Parlamento Europeo.