El pasado martes, el Gobierno dio luz verde al anteproyecto de la ley de Familias y, a pesar de que aún tendrá que superar el trámite parlamentario, en el que podrá sufrir modificaciones, cuenta con el apoyo del Consejo de ministros. De no ser modificado en dicho proceso, uno de los aspectos más determinantes es la apuesta del Ejecutivo por la conciliación, tanto para dotar de una mayor protección a los trabajadores como para incentivar la natalidad y mejorar el cuidado de los más pequeños. Con esta serie de premisas, la norma contempla la posibilidad de que un trabajador pueda solicitar la modalidad de teletrabajo, tras ser padre o madre, durante un periodo máximo de 12 años.

El teletrabajo podrá alargarse hasta que el menor cumpla los doce años, pero la petición de la citada modalidad no tendrá que producirse nada más nacer el hijo. Es decir, si una vez constatada la aprobación de la norma una pareja con un descendiente de cinco años desea disfrutar de este derecho, podrá solicitarlo de la misma manera y, de ser aceptado, dispondrían de un máximo de siete años para disfrutar del teletrabajo. Cabe destacar que deberán darse una serie de condiciones, atendiendo tanto a la situación del trabajador como a las necesidades productivas y organizativas de las empresas.

“Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa. En el caso de que tengan hijos o hijas, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años”, recoge el anteproyecto de Ley.

Además, tanto este como otros aspectos contemplados en la ley no solo beneficiaran a los padres cuyos hijos sean menores de 12 años. Aquellos trabajadores que tengan necesidades de cuidado de hijos mayores de doce años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, así como de otras personas dependientes cuando, en este último caso, convivan en el mismo domicilio, también podrán de disfrutar de la modalidad telemática para desarrollar su actividad laboral.

Requisitos para solicitar teletrabajo por maternidad y paternidad

Como señala la norma, habrá que atender a las realidades empresariales, dado que existen algunos puestos de trabajo que no pueden desarrollarse de forma telemática. No obstante, las empresas también tendrán que cumplir una serie de requisitos de cara a dar respuesta a estas peticiones. Así, dispondrán de un máximo de 15 días para estudiar la solicitud y comunicar su decisión. De no mostrar negatividad durante ese periodo, se entenderá que la solicitud es aceptada. Si la respuesta fuese negativa, la empresa “planteará una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación de la persona trabajadora o bien manifestará la negativa a su ejercicio” y ambas variables deberán contar con exposición de “razones objetivas”, tal y como refleja la ley.

Atendiendo a aquellos trabajadores que reciban el visto bueno de la empresa, podrá regresar a la situación de presencialidad una vez haya finalizado el periodo o bien cuando las causas aludidas para disfrutar del teletrabajo desaparezcan. “En el resto de los supuestos, de concurrir un cambio de circunstancias que así lo justifique, la empresa sólo podrá denegar el regreso solicitado cuando existan razones objetivas motivadas para ello”, recoge la norma.

Otros beneficios de la ley de Familias

Una de las medidas más innovadoras contemplada en el anteproyectos es la ampliación de derechos para las parejas de hecho, que tendrán acceso a 15 días de permiso por registro. Además, se reconoce un registro de este tipo de uniones para que estas puedan acceder a permisos y ventajas, como la atención temprana para menores de 6 años con trastorno de desarrollo, de igual manera que el resto de familias.

Otro aspecto recogido en el proyecto es la ampliación de las personas que pueden beneficiarse de la ayuda mensual de 100 euros por cada hijo entre los cero y los 3 años, contemplada en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2023. Con anterioridad, esta normal excluía a las personas sin trabajo, situación que se revirtió el pasado martes. Ahora, el texto pretende cubrir a aquellos progenitores que no cuenten con un empleo fijo o hayan cotizado menos de un mes. Además, la ayuda contempla también ampliar la cuantía hasta 125 euros para hogares monomarentales.

La extensión de subsidios, el diseño de nuevos permisos o la especial atención a las familias monoparentales y LGTBI completan la norma. Asimismo, tumba el PIN parental, prohibiendo a los progenitores o los tutores privar del acceso a contenidos sobre diversidad familiar en centros educativos a los menores usando este mecanismo.