Los once integrantes de una despedida de soltero tendrán que abonar un total de 7.676 euros como indemnización a Renfe tras provocar el retraso de un AVE Madrid-Málaga en julio de 2018. Más de cuatro años después, un juzgado de Madrid ha emitido una sentencia por la que los once jóvenes tendrán que hacer frente a su responsabilidad y compensador al operador ferroviario por el pago de dicha indemnización a los viajeros.

Los once integrantes tendrán que abonar una cantidad de 697,82 euros cada uno -hasta un total de 7.676 euros- por los “altercados” producidos dentro del AVE Madrid-Málaga. La sentencia conocida este lunes recoge el escrito de demanda de Renfe, por el que la compañía denuncia que los jóvenes “alteraron el orden dentro del tren”. Los viajeros se negaron a abandonar el tren en la estación de Córdoba ante la llamada de interventor, teniendo que intervenir la Policía para facilitar el desalojo.

Los “altercados” provocaron la demora del tren durante 23 minutos, que ahora los jóvenes compensarán de forma íntegra a Renfe a través del pago de las indemnizaciones ya abonadas a los viajeros afectados por el retraso del tren de Alta Velocidad (AVE) entre Madrid y Málaga en el viaje celebrado el 6 de julio de 2018. Una de las claves del negocio de Renfe es su compromiso de puntualidad y por ello, la compañía abonó un total de 7.676 euros a 216 viajeros por los 23 minutos de retraso de la llegada del AVE a la estación de Málaga.

"Gritando, cantando y golpeando las paredes del tren"

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid justifica el pago de esta indemnización por el retraso provocado al negarse a abandonar el tren en la estación de Córdoba, después de comportarse de “manera descontrolada” en la cafetería. Los jóvenes, que celebraban una despedida de soltero en el tren, “alteraron de manera cada vez más intensa el orden dentro del tren, gritando, cantando y golpeando las paredes del tren, haciendo caso omiso de las indicaciones y llamadas de atención del personal de Renfe”, según recoge la demanda de Renfe.

El interventor del tren trató de solucionar los “altercados” y, ante este comportamiento, pidió a la Seguridad de Renfe el desalojo del grupo en virtud del artículo 90 del Reglamento del Sector Ferroviario. Una norma que le faculta para apear a los viajeros que alteren el orden o pongan en peligro la seguridad del transporte, tal y como defiende el operador ferroviario.

Fue en el momento de llegar a la parada efectuada en Córdoba cuando, según la sentencia, los jóvenes aumentaron el volumen de sus gritos. “Los demandados aprovecharon para escalar de manera definitiva su fiesta particular en la cafetería del tren, donde se encontraban bebiendo, bailando, cantando y gritando a todo volumen y de manera totalmente descontrolada”, denuncia Renfe.

Intervención de la Policía Nacional para abandonar el tren

Tras la negativa a abandonar el tren, el interventor optó por llamar a la Policía Nacional, que fue finalmente quien logró que los once jóvenes abandonaran el tren. Así, la sentencia considera acreditado que la demora de 23 minutos en el AVE Madrid-Málaga se produjo por “la necesidad del auxilio de la Policía Nacional para lograr que los codemandados bajaran del tren”.

El Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid considera así que la responsabilidad civil de los demandados queda acreditada y exime de concurrencia de culpas a Renfe. Según la sentencia, la compañía no está “obligada a contratar personal de seguridad, ni puede cerrar la cafetería en perjuicio de otros viajeros, ni puede determinar, al tiempo en que se adquiere un billete de tren, si los viajeros tienen intención de celebrar algún evento en el interior del AVE”.

Renfe ya ha ratificado la certificación de los billetes devueltos a los viajeros y su importe, que ascendió a 7.676 euros. Así, la sentencia establece una condena solidaria entre los participantes por razones de seguridad jurídica y dada la interdependencia de las conductas.

Más allá de este caso, producido el 6 de julio de 2018, Renfe reconoce el auge de las despedidas de solteros en sus trenes, especialmente en los AVE, en los últimos años, así como de los inconvenientes que “el comportamiento de algunos grupos genera al resto del pasaje”. Ante esto, reitera su contundencia con los comportamientos de estos pasajeros que pueden alterar el viaje y advierte de recurrir a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en caso de producirse "casos graves de alteración del orden público”. Además, como ha quedado probado con esta sentencia, el operador ferroviario denunciará esos comportamientos y sus consecuencias sobre el resto de viajeros y sobre la propia compañía ante la justicia.