El próximo 3 de abril la Agencia Tributaria arranca la Campaña de la Renta 2024. No se existe una fórmula mágica para ahorrar en la Declaración de la Renta ni se trata de engañar a Hacienda con el pago de impuestos, pero hay una serie de gastos que los contribuyentes pueden desgravar o deducir. Se trata de pagos relativos a la situación personal o laboral que, con una simple marca en la casilla correspondiente, podrían evitar pagar más de la cuenta o incluso conseguir que la declaración salga a tu favor.

Puedes consultar tu borrador a través de la web de la Agencia Tributaria y así prever qué va a ocurrir y cuál será el resultado de tu declaración gracias al simulador de la Declaración de la Renta que ofrece el organismo. Además, a partir del 3 de abril podrás presentar tu declaración de forma online y, según los plazos marcados en el nuevo calendario de la campaña de la Renta 2024, también podrás hacerlo de forma telefónica o presencial. En ese momento, deberás tener en cuentas las siguientes casillas clave que decidirán el resultado de tu declaración:

Deducción por madre trabajadora

Tener hijos es una de las circunstancias que permiten realizar deducciones en la Declaración de la Renta. En este caso, una madre trabajadora puede ahorrarse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Una reducción que también es válida para los hijos en adopción. Es necesario tramitar esta deducción a través del modelo 140, y reflejarlo en las casillas correspondientes que van desde la 611 hasta la 613 de la declaración.

Desde 2023, esta deducción también podrá solicitarse si la contribuyente ha percibido durante el año fiscal una prestación contributiva por desempleo, como es el paro, o un subsidio por desempleo por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Familia numerosa

Si formas parte de una familia numerosa también podrás beneficiarte de pagar menos a Hacienda. Marcando la casilla 609 podrás obtener una desgravación de 1.200 euros al año en el caso de las familias numerosas generales, y de 2.400 euros al año cuando se trate de familias numerosas especiales.

Personas a tu cargo

Los contribuyentes con personas a su cargo con discapacidad igual o superior al 33% o mayores de 65 años podrán obtener una deducción de 1.150 euros al año por cada una de esas personas. Si la persona a tu cargo tiene más de 75 años la deducción aumenta hasta los 2.550 euros anuales. Aquí debes consultar las casillas entre la 513 y la 516, y entre la 623 y la 646.

Asimismo, los hijos menores de 25 años que convivan bajo el mismo techo con ingresos inferiores a 8.000 euros al año también pueden incluirse en la declaración, siendo la deducción de 1.200 euros anuales. Las casillas para esta deducción se encuentran entre la 075 y la 082.

Alquiler y vivienda

La vivienda es otro de los activos que los contribuyentes pueden deducirse en la Declaración de la Renta, ya sea en alquiler o en propiedad. Por un lado, las personas que estén pagando un alquiler pueden desgravarse el dinero que les supone este gasto hasta los 35 años, con una deducción dividida en una parte estatal y otra autonómica. En este punto debes consultar las casillas de la 715 a la 721. Por su parte, los arrendatarios podrán deducirse hasta el 60% de los ingresos generados por el alquiler de su vivienda.

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Además, si eres propietario de una vivienda, la alquiles o otros o residas en ella, puedes beneficiarte de otras deducciones. Aquellos que compraron su casa o empezaron a pagar por su construcción antes de 2013, año en el que las deducciones por vivienda habitual fueron eliminadas, podrán deducirse hasta un 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros. En este caso, habría que consultar las casillas 698 y 699.

Cuota de los sindicatos

Si eres miembro de un sindicato y pagas una cuota, ya sea de manera semestral o anual, podrás desgravarte este gasto en la Declaración de la Renta. La deducción será de entre el 20% y el 30% de lo que aportas como afiliado y la casilla que tienes que marcar en este caso es la número 14.

Inversión en nuevas empresas

Por otro lado, si has decidido invertir parte o todos tus ahorros en la creación de una nueva empresa te podrás beneficiar de una deducción fiscal del 30% sobre la cantidad invertida en participaciones de la empresa emergente. En concreto, esta deducción tiene una base máxima de 60.000 euros. Para disfrutar de esta desgravación marca las casillas 1183 y 1184 de tu declaración.

Donaciones a ONG

La casilla 723 es la que permitirá desgravarte hasta el 80% de las donaciones a organizaciones no gubernamentales (ONG) que hayas realizado durante el último ejercicio fiscal hasta un máximo de 150 euros. Si tu donación supera esa cantidad, podrás deducirte el 40%, siempre y cuando se haya realizado una donación de cantidad igual o superior en los dos ejercicios anteriores. Para el resto de donaciones, la deducción se queda establecida en el 35%

Autónomos

Los autónomos, o trabajadores por cuenta propia, también se podrán ver beneficiados a la hora de hacer la Declaración de la Renta, a pesar de ser uno de los colectivos a los que más gastos tiene que hacer frente a lo largo del año. Una de las novedades es la reducción de un 5 % adicional en la tributación por módulos

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Más allá, algunos de estos gastos profesionales son deducibles, entre los que se encuentran material de oficina, nuevas tecnologías y digitalización, traslados o gastos de manutención, luz y gas. Para justificar estos gastos ante Hacienda y poder deducirlos los autónomos deben guardar todas estas facturas relacionadas con su actividad laboral y marcar las casillas que van desde la 121 hasta la 138 de la Declaración de la Renta.

Eficiencia energética

Aquellas personas que durante el curso pasado hayan realizado obras en su vivienda destinadas a mejorar la eficiencia energética, como la instalación de placas solares, podrán realizar deducciones en función de la obra realizada. Eso sí, es necesario que la realización de las obras quede acreditada por un técnico competente en la materia a través de un certificado de eficiencia energética de la vivienda.

Los tipos de deducción variarán en función de la obra realizada. Será de un un 20% para obras que pretendan la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración en viviendas y que lo hayan conseguido, como mínimo, en un 7%. Esta deducción no afectará a "la parte de la obra que se realice en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda que afecte a una actividad económica”. La cantidad máxima que se podrá deducir será de 5.000 euros. 

Se podrá solicitar además una deducción del 40% por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable. La cantidad máxima que se podrá deducir será de 7.500 euros. Por último, existirá una deducción de un 60% por obras de rehabilitación energética realizadas en viviendas del titular de uso residencial, así como en sus trasteros y plazas de garaje. La base máxima de esta deducción será de 5.000 euros.

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