El Consejo de Ministros debatirá este martes la prórroga en las medidas de alquiler de vivienda, tal y como adelanta Cadena Ser y medios económicos como Cinco Días. Según las previsiones de estos medios, la prórroga se mantendrá hasta el próximo 9 de mayo, coincidiendo con el final del estado de alarma.

Así, los contratos de alquiler de vivienda habitual se prorrogarán automáticamente hasta el final del estado de alarma y no podrán modificarse ni las rentas ni las fianzas aunque el contrato haya alcanzado el momento de expirar. Tampoco pondrán modificarse el precio del alquiler actual y las condiciones del contrato firmado durante los próximos seis meses.

La medida inicial fue anunciada por el Gobierno al inicio de la pandemia hasta el 21 de agosto y, desde ese momento, se ha ido extendiendo en paralelo a otras medidas para paliar el impacto socioeconómico de la pandemia.

Por otro lado, para los grandes propietarios (aquellos que tienen más de diez inmuebles), el Gobierno va a aplicar una moratoria para aplazar temporal y extraordinariamente el pago de la renta en caso de alcanzar un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario. En caso de no haber acuerdo, el arrendador deberá realizar una rebaja del 50% de la renta con un máximo de cuatro meses o una moratoria en el pago.

Moratoria del pago 

La moratoria no podrá superar los cuatro meses y se aplazará, a partir de la siguiente mensualidad de renta, mediante el fraccionamiento de las cuotas durante al menos tres años. El periodo comenzará a contabilizar a partir del momento en el que se supere esta situación y dentro del plazo en el que continúe la vigencia del contrato o sus prórrogas.

En esta situación, el arrendatario no tendrá ningún tipo de penalización y las cantidades aplazadas serán devueltas al arrendador sin intereses.

Además, Cinco Días avanza que se extenderán las moratorias de deuda arrendaticia "para las personas arrendatarias de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad económica" por la crisis del coronavirus, según fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. El Ministerio explica que se concede un “margen justo y razonable” al inquilino sin penalización para el propietario.

El equilibrio entre ambas partes y las consecuencias de esta medida "no pueden ser más que positivas, ya que en España el arrendador del 85% de las viviendas en alquiler es una persona física y su vulnerabilidad, en su caso, ha de ser protegida en paralelo a la del arrendatario", aseguran fuentes del anterior Ministerio de Fomento.