PREGUNTA:

Buenos dias

Resulta que en mi empresa 7 compañeros han creado una sección sindical sin contar con el resto y han nombrado al delegado.

¿Los demás no tenemos derecho a opinar?

RESPUESTA:

Hola,

La sección sindical, es un órgano de representación sindical, valga la redundancia, a diferencia de los delegados y delegadas de personal o los comités de empresa que son órganos de representación unitaria; esto se traduce en que los delegados y delegadas de personal o los comités de empresa, representan a todas las personas trabajadoras, independientemente de que los hayan votado o no, y todas las personas trabajadoras tienen derecho, si reúnen los requisitos, a votar a esos miembros.

Por el contrario, la Sección Sindical es un órgano que únicamente representa a los afiliados a un determinado sindicato, y sólo participan en esa sección sindical las personas trabajadoras afiliadas a ese sindicato.

En determinadas situaciones en los que una sección sindical ostenta la mayoría en un comité de empresa, se le pueden atribuír las mismas funciones que a éste último.

Para encontrar la regulación legal de estas figuras, debemos dirigirnos tanto al Estatuto de los Trabajadores, como a la Ley Orgánica de Libertad Sindical.