La Asamblea de Madrid acoge este jueves el debate sobre la compra del ático de 6,3 millones por parte de la Comunidad de Madrid a través de la entidad pública Planifica Madrid. Lo hace, sin embargo, después de que el Partido Popular (PP) en la Mesa de la Asamblea haya vetado las preguntas presentadas por la oposición y sin la comparecencia del CEO de Planifica Madrid, Pedro Corbalán, vetada también ante la petición de PSOE y Más Madrid.
En su lugar, será el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín, quien comparezca en el Pleno de la Cámara de Vallecas, eso sí, con el interrogante sobre si dará respuesta a las preguntas que formule la oposición. Esta misma semana los populares en la Asamblea, que disponen de la mayoría en la Mesa, tumbaban las preguntas que tanto PSOE como Más Madrid habían formulado a la presidenta autonómica, Isabel Díaz Ayuso. Además, vetaban también la comparecencia del Consejero Delegado de Planifica Madrid, la entidad pública adscrita a la Comunidad de Madrid que compró el pasado abril el ático de lujo en Chamberí.
Con todo ello, hay hasta cuatro aspectos claves que en este Pleno acorralan al consejero de Presidencia de Ayuso y a los que el CEO de Planifica Madrid podría haber dado respuesta, de no haber sido por el veto a su comparecencia. Por una parte, quién ordenó comprar el ático de 6,3 millones de euros y que fue puesto a la venta el día después de conocerse la adquisición; también quién aprobó dicha compra; si la operación contó con el cumplimiento de los requisitos legales; y, por último, cuál fue la finalidad de la compra.
Este último aspecto ha sido uno de los que mayor revuelo ha causado desde que estalló el escándalo del ático. En todo momento, desde el PP de Ayuso han defendido que este ático iba a funcionar como una oficina temporal para la presidenta durante el tiempo que duren las obras de la Real Casa de Correos. Sin embargo, lo cierto es que este inmueble es de “uso exclusivo residencial”, motivo por el cual la oposición ha estrechado el cerco en recurrentes ocasiones sobre el Ejecutivo autonómico.
Asimismo, respecto a quién dio la orden para adquirir el ático las respuestas se acotan a solo tres nombres: el propio CEO de Planifica Madrid, el consejero de Presidencia o la presidenta regional. Por otro lado, sobre quién aprobó la compra, los Estatutos de Planifica Madrid señalan dos opciones: el consejo de administración de la empresa o el propio Corbalán. Sobre esta cuestión, en el artículo 2.1.a de los Estatutos de la entidad se detalla que la sociedad tiene por objeto social "la construcción, rehabilitación, adquisición y enajenación de terrenos y de toda clase de bienes inmuebles, así como su administración, explotación y arrendamiento". Además, en el 21.1 se expone que el consejo de administración tiene la potestad de "delegar las facultades que estime convenientes en un consejero delegado".
Por último, en lo que respecta al cumplimiento de los requisitos legales, conviene destacar el artículo 42.2 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid. En este se especifica que las adquisiciones que realice el Gobierno regional deben seguir una serie de requisitos. Pese a esto, en el artículo 2.3 se indica que “los bienes y derechos de las sociedades mercantiles de la Comunidad de Madrid no quedarán sujetos a las disposiciones de la presente Ley”, por lo que, con esto, se excluye a Planifica Madrid.
Asimismo, la Ley de Contratos del Sector Público excluye “los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales".
No obstante, todo ello no supone directamente que la compra del ático pueda permanecer ajena a las exigencias de actuación del sector público, al que pertenece Planifica Madrid. Con todo ello, la entidad pública debería haber llevado a cabo al menos una tasación para confirmar que el precio que se pagó por el ático era un precio de mercado.
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