Alberto González Amador hablaba nuevamente la semana pasada en sede judicial, pero su declaración no hizo sino complicarle más las cosas y sembrar dudas sobre su futuro en tanto en cuanto el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, podría haber mentido bajo juramento en el Tribunal Supremo, una cuestión grave y que aparece muy castigada en el Código Penal.

Pero, ¿cuál es la pena a la que podría enfrentarse la pareja sentimental de la administradora primera de Sol de demostrarte su mentira? Expertos aseguran que la condena debería ser “dura”, y es que el gran libro que contiene lo más relevante de la jurisprudencia contempla penas de entre seis meses y dos años de prisión, aunque en el presente caso la cuestión se agrava al haberse producido en el transcurso de una querella penal contra el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

Qué dice el Código Penal

¿Qué dice el Código Penal acerca del falso testimonio y qué penas puede suponer según lo estimado en la biblia del Derecho?

Seguramente lo primero que haya que explicar es a qué nos referimos cuando hablamos de delito de falso testimonio. El Código Penal lo contempla como un delito especial dado que solamente lo puede llevar a cabo alguien que sea testigo en un procedimiento judicial, a lo sumo peritos, intérpretes… Si bien en la práctica, el delito de falso testimonio es mucho más complejo y supone mentir a sabiendas.

En otro orden de cosas la jurisprudencia establece que no se produce un delito de falso testimonio cuando es el acusado quien falta a la verdad, sí sin embargo si presenta un testigo falso o un testigo que sabe que va a mentir en el juicio.

Sea como fuere, hay que diferenciar entre dos tipos de delito de falso testimonio, uno que se puede definir como básico y otro agravado. El primero aparece reflejado en el artículo 458.1 y está castigado con penas de prisión de entre medio año y dos años y multas de tres a seis meses.

Por su parte, el tipo agravado -tipificado en el artículo 458.2- se da cuando el falso testimonio ocurre en contra del reo en causa criminal por delito. Aquí las penas de prisión ostentarán entre los seis meses y los dos años, mientras que la multa económica puede ir de seis a 12 meses.

En el plano internacional

En el caso que compete no tiene sentido hablar del plano internacional, pero se explica brevemente en estas líneas para dejar constancia de cómo funcionan las penas por este tipo de delito fuera de nuestras fronteras.

Es el artículo 458.3 el que contempla la posibilidad de que el falso testimonio ocurra en un Tribunal extranjero. En este supuesto hay que analizar los pormenores de la situación y en función de eso se aplica el apartado 1 o 2 del mismo artículo.

El caso de González Amador

La declaración de la pareja sentimental de Ayuso, lejos de distanciarle del ojo del huracán, le ha metido más, y es que sus palabras respecto del correo en el que confesó sus delitos fiscales fueron un sinfín de inconsistencias y contradicciones que no coinciden ni con sus propios mensajes ni con la declaración del jefe de prensa de la presidenta, Miguel Ángel Rodríguez.

Según la versión ofrecida por González Amador ante el juez Hurtado, él (el novio de Ayuso) no había confesado su fraude porque, según defendió, ni siquiera sabía que lo estaba cometiendo. Atendiendo a este relato, después de negar varias veces ante Hacienda haber defraudado dinero -350.000 euros- mediante una sucesión de facturas falsas, encargó a Carlos Neira, su abogado, cerrar el caso “cuanto antes y sin hacer ruido”.

Los whatsapp que desmienten a la pareja de la presidenta

Aquí entra en juego el jefe de gabinete de la lideresa regional, y es que, según la versión de González Amador, él no le pasa el correo del fiscal Julián Salto a MAR hasta la noche del 13 de marzo de 2023, cuando el diario El Mundo cuenta que la Fiscalía le había ofrecido llegar a un acuerdo, si bien había sido al revés. En este sentido, Rodríguez dice que no pidió filtrar nada, sino que le dijo “haz lo que veas”.

Sin embargo, la realidad sería otra en tanto en cuanto las pruebas y la declaración del propio jefe de gabinete van en una línea categóricamente contraria. El pasado mes de enero, el propio Miguel Ángel Rodríguez respondió que el novio de Ayuso había autorizado la filtración del correo y que el mismo no había llegado esa misma noche, desmintiendo así lo dictado por el empresario. De hecho, los pantallazos de Whatsapp que MAR aporta después lo demuestran.

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