En Galicia, al margen de series, películas o novelas más o menos precisas, el narcotráfico sigue muy latente. En las Rías Baixas se cumple lo que se da en otros puntos del planeta en los que esta actividad ilegal es, además de una manera de enriquecimiento ilícito, casi una forma de vida, aunque la lucha policial ha conseguido romper la cuasi impunidad con la que actuaban hace años. A ello han contribuido los éxitos rotundos de incautación de alijos y detenciones. Esto también tiene su reflejo en el aspecto social que, si cabe, era más sangrante que el propio transporte, comercio y distribución de la fariña, es decir, el alardear de dinero y poder. Hoy las nuevas generaciones ya no se jactan de su riqueza de una forma pública. 

Pero siguen estando ahí. Es este un mundo en el que, como si de un bar o restaurante se tratase, la caída por edad o por la acción policial y de la justicia de un capo gallego de la droga no significa el fin. El negocio pasa de generación en generación, eso sí con otros métodos más sofisticados y menos llamativos.

En este ambiente se movía una abogada. Lo hacía desde unos cuantos años atrás. Se trata de Tania Varela, conocida también en algunos círculos como la ‘narcoabogada’, por sus relaciones con el tráfico de estupefacientes y una de las familias más famosas en este sentido, los Oubiña.

De Cambados, como Sito Miñanco, esta mujer de 47 años cumplidos en enero llegó a ser una de las narcotraficantes más buscadas, siendo la única española de la lista de la Interpol hasta su arresto por los Mossos d’Esquadra el 26 de marzo de 2018.

Sin embargo, sus conexiones con este mundo tan ligado a una zona geográfica de las Rías Baixas gallegas viene de mucho más atrás, de cuando Varela tenía poco más de 30 años. Por entonces se dijo que era pareja del hijastro de Laureano Oubiña, David Pérez Lago. Aunque ellos lo negaron, ambos fueron condenados por su participación en el intento de introducción de un alijo de 2 toneladas de cocaína a siete años de prisión, que ahora mismo cumplen. Además, también se le atribuyó una relación con otro letrado, Alfonso Díaz Moñux, con quien iba en el vehículo en el que unos sicarios acabaron con su vida en 2008. Ella salió ilesa y se dio a la fuga, hasta que la policía autonómica catalana la detuvo hace ahora tres años.

Ahora Tania Varela vuelve a ser noticia porque hoy, a pesar de que ella ha negado en sede judicial cualquier tipo de relación con el narcotráfico, la Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado su condena por delito de blanqueo de capitales procedentes del tráfico de drogas a 1 año y 8 meses de prisión y multa de 56.000 euros.

Con esta resolución se desestima el recurso de Varela y ratifica de forma íntegra la sentencia de la Audiencia de Pontevedra, de 11 de abril de 2019, que aplicó al caso la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, y acordó además el comiso del dinero utilizado para la comisión del delito y su adjudicación al Estado a través del Fondo del Plan Nacional contra la droga.

Los magistrados que han dictado el auto son contundentes en sus afirmaciones al indicar que "la narración histórica refleja los requisitos que justifican la condena por delito de blanqueo de capitales, esto es: a) una actividad delictiva previa idónea para generar ganancias o bienes; b) las operaciones realizadas con esos bienes con la finalidad de ocultar su origen y aflorarlos en el mercado lícito; y c) con respecto al tipo agravado, que el delito previo consistió en el tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas". Ante esto, rechazan la alegación del recurso de que la acusada no ha realizado inversión alguna con dinero procedente del narcotráfico.

En este sentido, la sentencia que ahora ha sido confirmada y que es la que mantiene a Varela en prisión, destacaba que fue condenada en 2011 por la Audiencia Nacional como autora responsable de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud en cantidad de notoria importancia, a la pena de siete años de prisión y multa de 318.080.058 euros. Asimismo, dicha resolución también subrayaba que se había enriquecido con el producto de la venta de sustancias estupefacientes y había llevado a cabo durante los años 2005 y 2006 operaciones con la finalidad de dar entrada en el tráfico mercantil lícito al dinero ilícito procedente del narcotráfico, describiendo a continuación las operaciones de blanqueo por las que ahora es condenada.

Sentencia contundente

Por su parte, la también abogada, entre otras alegaciones, solicitaba la nulidad de la intervención de su teléfono porque era la línea que utilizaba para el ejercicio profesional como letrada, lo que habría vulnerado el principio de inviolabilidad de las comunicaciones entre abogados y clientes.

La sentencia explica que la incoación de diligencias previas por un presunto delito de blanqueo de capitales "es el resultado de un conjunto de actuaciones investigativas además de la intervención telefónica, concretamente del resultado de la intervención de otros teléfonos, de los seguimientos policiales, de los testimonios recogidos por los agentes y de los registros domiciliarios que se efectuaron".

Los magistrados de la Sala II del Tribunal Supremo, sobre este particular, aseguran que no se detectó que, a causa de la intervención telefónica, ninguna conversación relacionada con la actividad letrada de la acusada, y menos aún que tales conversaciones hayan sido utilizadas como prueba de cargo para la condena que se impugna.

Se da la circunstancia de que hace menos de una semana se conoció otra sentencia contra uno de lo grandes capos del narcotráfico gallego, José Ramón Prado Bugallo, alias Sito Miñanco. El mismo Tribunal Supremo condenó al cambadés a 3 años y nueve meses de cárcel por blanqueo de dinero cuyo origen estaba en el tráfico de drogas.