Esta semana se despejará seguramente la incógnita sobre el destino de José Antonio Griñán: permanecer en libertad o ingresar en prisión. La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha dado tres días a la Fiscalía Anticorrupción y al PP como acusación popular para que se pronuncien ante el informe forense elaborado por el Instituto de Medicina Legal (IML) sobre el alcance y la gravedad del cáncer de próstata que padece.

La opinión de ambos será determinante sobre la decisión que adopte finalmente el tribunal que condenó a Griñán a seis años y dos días de cárcel por malversación en el mecanismo de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos. El Tribunal Supremo confirmó la pena impuesta por la Audiencia de Sevilla, pero por tres votos a dos, ya que dos de las magistradas consideraron, en un enérgico voto particular, muy poco convincentes las pruebas contra el expresidente y otros cuatro encausados que no habían tenido relación con la Consejería de Empleo, epicentro del caso.

La defensa del expresidente socialista ha solicitado la suspensión de su ingreso en prisión alegando que el tratamiento médico que precisa no le puede ser aplicado en prisión. La médico forense se entrevistó con Griñán en las dependencias del Instituto de Medicina Legal, pero se desconoce el contenido del informe que emitió tras examinar la documentación médica aportada por su defensa. Si el criterio forense coincide con los informes de los médicos que han tratado al expresidente, es probable que no entre en pirisión.

La providencia del tribunal ha sido emitida este mismo lunes y difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Griñán es el único de los condenados a penas elevadas de prisión en el caso de los ERE que permance en libertad después de que a las 23:59 horas del pasado 2 de enero expirase el plazo de diez días habilitado por la Sección Primera para el ingreso voluntario en la cárcel. 

Ya están en ella la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.

Todos ellos fueron condenados a diferentes penas de prisión por malversación en el citado mecanismo o "procedimiento específico" de financiación de los ERE fraudulentos y subvenciones arbitrarias a empresas, junto con el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez y el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá.

No obstante, después de que el Tribunal Supremo redujese la pena de cárcel de Juan Márquez de siete años y un día de prisión a tres años, al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño, la Sección Primera de la Audiencia accedió a suspender un año su ingreso en prisión a la espera del resultado de la petición de indulto parcial solicitada por su defensa al Ministerio de Justicia.

En el caso de Agustín Barberá, aunque la Sección Primera de la Audiencia desestimó su recurso de súplica en la fase de ejecución de la sentencia, sí accedió a suspender su ingreso en prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su defensa en base al artículo 80.4 del Código Penal, relativo al caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, al estar pendiente de informe por el médico forense.

Tras ello, el tribunal requería a Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, para que en un plazo de diez días que finalizaba este pasado lunes 2 de enero "ingresen voluntariamente" en prisión.

Empero, la defensa de José Antonio Griñán alegó a continuación que al mismo le había sido diagnosticada recientemente una enfermedad grave sobrevenida, solicitando de nuevo la suspensión del plazo de ingreso en prisión respecto a este encartado, con arreglo a tal motivo.

Ante ello, y una vez vista la documentación médica aportada por la representación de Griñán, la Sección Primera de la Audiencia ordenaba que un forense del Instituto de Medicina Legal examinase la documentación e hiciese un reconocimiento a Griñán en caso de ser necesario, para que emitiese un informe "valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito".