La condena firme viene de lejos, de octubre pasado, pero el condenado había logrado escabullirse para no cumplirla. Esta vez, sin embargo, parece que no conseguirá escapar al dictamen de la justicia.

Encarcelado hace casi un año por la trama de extorsión que lideraba junto con pseudosindicato Manos Limpias, el presidente de Ausbanc Luis Pineda ha sido obligado por la justicia a limpiar el nombre de quien había difamado utilizando para ello los mismos instrumentos con que materializó la difamación.

Borrar y rectificar

Su víctima fue el portavoz de la asociación de consumidores Facua, Rubén Sánchez, y el vehículo de la difamación fue Twitter, donde Pineda publicó cerca de 60 tuits en los que lo acusaba falsamente de emitir facturas falsas y lo insultaba reiteradamente. 

Ahora tendrá que borrar todos esos mensajes y además deberá publicar durante 30 días seguidos –en horario de 9.00 a 14.00 o de 17.00 a 22.00– su condena, una vez que le sean facilitados los dispositivos necesarios para cumplir la sentencia desde la cárcel. Será la primera vez que un interno tiene acceso a las redes sociales, y de ahí que la sentencia sea pionera a nivel mundial.

Más de 140 caracteres

Dado que el texto que el condenado debe publicar durante 30 días excederá los 140 caracteres que limitan cada tuit, la sentencia obliga a Pineda a usar una de las herramientas disponibles en la red para aumentar el número total de caracteres publicables en un mensaje de Twitter.

La sugerencia de imponer esta peculiar pena partió del propio portavoz de Facua, que pidió que se obligara a Pineda a cumplir su condena por la misma vía del delito: su cuenta de Twitter, inactiva desde su arresto el 15 de abril de 2016.

El que ríe el último…

Tras la condena en primera instancia, el jefe de Ausbanc lanzó decenas de tuits reiterando sus acusaciones, se jactó de que sus recursos tardarían años en resolverse y auguró que el portavoz de FACUA entraría en la cárcel.

Así se ha desquitado ahora Rubén Sánchez: "Luis Pineda acertó al vaticinar que sus recursos tardarían años en ser resueltos, pero cometió un pequeño error en su predicción sobre quién acabaría en prisión".

La sentencia fue dictada en noviembre de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla. Tras ser ratificada íntegramente por la Audiencia Provincial en septiembre de 2015, Pineda presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que en octubre del año siguiente rechazó su admisión a trámite por carencia manifiesta de fundamento.