Salvador Sostres, articulista de 'El Mundo' Salvador Sostres, articulista de 'El Mundo'



La Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del sindicato UGT contra las afirmaciones vertidas en 2010 por el columnista del diario El Mundo, Salvador Sostres, quien en un artículo titulado “Si fueran demócratas” y en relación a la huelga general que se convocó en septiembre de ese año utilizó la expresión “terrorismo sindical” afirmando que “los sindicatos junto con ETA son las organizaciones que jamás le han dado una oportunidad a la democracia”. Para la Sala Primera, frente al honor que reclama UGT frente a estas consideraciones de Sostres “debe prevalecer la libertad de expresión”.

UGT interpuso en diciembre de 2010 una demanda contra el periodista Salvador Sostres i Tarrida por el artículo titulado “Si fueran demócratas” que se publicó el 25 de septiembre de 2010 en el periódico El Mundo  justo cuatro días antes de la convocatoria de huelga general por parte de UGT y CCOO. Para el sindicato en este artículo el periodista vulneraba gravemente su derecho al honor, “utilizando injurias y cayendo en difamaciones y acusaciones de carácter grave que cuestionan el carácter democrático de los sindicatos”.

UGT pensaba que se les equiparaba con ETA
En su opinión, según explicaron entonces, “en este artículo se llega a equiparar a los sindicatos con la organización terrorista ETA y se les acusa de forma directa de diversas actuaciones delictivas "con el fin no sólo de difamar, sino de propugnar prácticamente su desaparición”, afirmaban.

“Estrategia de chantaje y amenaza”
Las frases que motivaron esta reacción eran “…ni los sindicatos son demócratas ni creen en la libertad. Los sindicatos, junto a ETA, son las dos únicas organizaciones que jamás le han dado una oportunidad a la democracia…  y su estrategia es siempre el chantaje y la amenaza…”

En la huelga general del 2010
El artículo no indicaba el nombre de los sindicatos pero decían los demandantes que se había publicado justo cuatro días antes de la huelga general del 29 de septiembre, convocada por UGT y CCOO. Añadían que en la misma página se publicaba una noticia relacionada con la previsión de servicios mínimos el día de la huelga, junto a una fotografía de los secretarios generales de UGT y CCOO. Veían por tanto una identificación clara.

Indemnización simbólica
En la demanda, UGT solicitaba que para reparar su honor se debía publicar la sentencia condenatoria hacia el periodista en el diario El Mundo, en su edición del fin de semana a costa del periodista demandado. También exigía el pago de una indemnización simbólica por el daño moral producido en la imagen del sindicato por la cantidad de 6.000 euros, que se destinarían a la cooperación sindical internacional para el desarrollo.

El Supremo desestima
La solicitud del sindicato  ha llegado a la Sala Primera del Tribunal Supremo en recurso de casación que es el  que ahora ha sido desestimado. En un comunicado, el Área de Civil del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo explica que en el artículo de Sostres “se contenían las opiniones del demandado sobre la naturaleza y actuación de los sindicatos con ocasión de la huelga general del 29 de septiembre de 2010”.

Relato de los hechos
“Se hacía referencia a la actuación de los piquetes, de los que se afirmaba que amenazaban y eran violentos; se señalaba que los sindicatos chantajeaban a gobiernos elegidos democráticamente; se utilizaba la expresión "terrorismo sindical"; y se afirmaba que "los sindicatos junto con ETA son las únicas organizaciones que jamás le han dado una oportunidad a la democracia", explica el texto del Gabinete.

Una opinión del autor
Sobre el procedimiento judicial llevado a cabo, explican que “la sentencia de primera instancia desestimó íntegramente la demanda entendiendo, en esencia, que en el contexto en que se publicó el artículo, a pocos días de la convocatoria de huelga general, se trataba de la opinión del autor sobre los sindicatos en general y la huelga en particular y, si bien se contenía una desafortunada alusión a ETA, había de entenderse prevalente el derecho a la libertad de expresión”.

UGT legitimado en su defensa del honor
“La Audiencia Provincial de Madrid confirmó esta sentencia, que ahora es confirmada por el Tribunal Supremo. La Sentencia de la Sala Primera comienza reconociendo legitimación a UGT para invocar la protección de su derecho al honor, en aplicación de la doctrina de la Sala, pues aunque no se mencionaba en el artículo de opinión directamente al sindicato, se imputaban una serie de conductas a los sindicatos españoles, de los que UGT es uno de los más importantes”, prosiguen.

El derecho a la libertad de expresión
Concluye el comunicado que la Sala Primera considera también que “debe mantenerse la prevalencia de la libertad de expresión del periodista al reflejar, con ocasión de una convocatoria de huelga, la crítica a la actividad de los sindicatos y el incumplimiento de los servicios mínimos de huelga, dado el interés público del asunto, sin que se utilizaran expresiones desconectadas con las ideas, ni se equiparara a la organización ETA con los sindicatos”.