El abogado del exasesor del exministro de Transportes, José Luis Ábalos, ha solicitado que se acuerde "el secuestro judicial cautelar e inmediato, dirigido a los medios de comunicación en general (...) , y la prohibición expresa de la difusión de los audios que le fueron facilitados". Este escrito se ha presentado después de que los medios, ElPlural.com incluido, hayan comenzado a publicar los más de 22.000 audios que el juez instructor del caso Koldo, Leopoldo Puente, ordenó facilitar a las partes tras un escrito de la defensa de Santos Cerdán.
Dice el escrito que se hace una petición general "dada la imposibilidad material de enumerar cada uno de los medios de publicación, y con la finalidad de impedir su difusión, que ya ha comenzado de forma flagrante y vulneradora de sus derechos fundamentales". Y asevera que la filtración a los medios de los audios "ha propiciado la exposición pública de conversaciones personales y familiares, incluyendo audios de su esfera más íntima, como el momento en que interactúa con su hija menor, lo cual constituye una gravísima intromisión en su derecho fundamental a la intimidad personal y familiar, así como en la de su entorno más cercano, especialmente la de menores, cuya protección goza de un régimen reforzado en nuestro ordenamiento jurídico".
Afirma que existen límites a la libertad de información, recogida en el artículo 20.4 de la Constitución Española. "Si bien la libertad de expresión e información es un derecho fundamental, este no es absoluto y tiene como límite el respeto a los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. La difusión de contenido estrictamente privado y sin relevancia para el interés público de la causa judicial excede los límites legítimos de la libertad de información", dice el abogado en su escrito.
El letrado también hace referencia al derecho a la intimidad personal y familiar, la protección de datos de carácter personal y el interés superior del menor pues afirma que "la presencia de una menor en los audios difundidos exige una protección reforzada de su intimidad. Cualquier difusión de información relativa a menores de edad que pueda afectar su bienestar emocional o su derecho a la intimidad constituye una infracción muy grave, primando su interés superior sobre cualquier otro".
Pero el punto clave es que asegura que los audios no tienen relevancia pública: "El contenido difundido no tiene relevancia pública ni aporta información de interés general, por lo que no puede prevalecer la libertad de información sobre la protección de la intimidad", algo que, a juicio de los periodistas que manejan esas grabaciones, no es cierto, ya que se ha publicado un audio de total relevancia. En dicho audio se decía que la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, nada tuvo que ver en el rescate de Air Europa, algo que el polémico juez Peinado aseguraba que sí había sucedido.