El 'caso Obadal' comenzó como un asunto individual, pero podría convertirse en un varapalo a España por el abuso de la temporalidad en el sector público. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicta sentencia este martes sobre la situación de miles de interinos sujetos a contratos temporales, un problema crónico en el empleo español.

La corte de Luxemburgo responderá a la cuestión planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en mayo de 2024, cuando le pidió al TJUE que aclarase si la doctrina española, que rechaza convertir automáticamente en fijos a empleados públicos con contratos temporales abusivos, es compatible con el Acuerdo Marco de la UE. De forma subsidiaria, el Alto Tribunal español preguntó también si la indemnización actual -20 días de salario por año- es medida "adecuada y suficiente" para disuadir frente a ese abuso.

La jurisprudencia española recoge que el acceso a la condición de fijo en el sector público debe respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Sin embargo, la justicia europea viene advirtiendo de que los Estados deben contar con mecanismos reales para prevenir y sancionar el encadenamiento abusivo de contratos temporales. Y ahí es donde España lleva años en el punto de mira.

La propia Sala Cuarta del Supremo asumió este dilema cuando en 2024 paralizó el 'caso Obadal' y lo elevó al TJUE. En su nota informativa recordó que, según la doctrina vigente, no cabe reconocer la condición de trabajador fijo del sector público a quien no haya superado un proceso selectivo ajustado a esos principios constitucionales. Pero, al mismo tiempo, admitió la necesidad de preguntar a Europa si el marco español ofrece una respuesta suficiente frente al abuso o si la solución actual se queda corta.

El origen del 'caso Obadal'

Todo viene por la demanda de una trabajadora pública de la Comunidad de Madrid que acumulaba años de nombramientos temporales. Sin embargo, el complicado recorrido judicial de este caso individual lo convirtió en un litigio sobre la figura del indefinido no fijo, especialmente cuando el Supremo asumió que se decidiera en Luxemburgo si este modelo cumple la Directiva 1999/70 del Consejo Europeo, sobre el trabajo de duración determinada.

El debate se avivó especialmente tras la sentencia del TJUE de febrero de 2024, que señaló que la legislación española no contiene medidas eficaces para prevenir y sancionar el abuso de la temporalidad en las Administraciones públicas. A partir de ahí, el panorama judicial se volvió todavía más inestable: algunos órganos han abierto la puerta a soluciones más contundentes para reparar ese abuso, mientras otros han mantenido una interpretación mucho más restrictiva, alineada con la posición tradicional del Supremo.

La expectación fue a más tras las conclusiones del abogado general del TJUE, Rimvydas Norkus, presentadas en octubre de 2025, y que añadieron más contradicción al asunto. El letrado sostuvo que la normativa europea no obliga por sí sola a convertir en fijos a estos trabajadores, si ello choca con principios constitucionales de ese país, pero esa negativa solo sería aceptable si el ordenamiento dispone de otra medida efectiva para evitar y sancionar el abuso. En otras palabras: si no hay fijeza, debe haber una sanción verdaderamente disuasoria. La resolución de este martes no es solo un varapalo simbólico a España. Cientos de miles de trabajadores públicos la esperan, ya que la sentencia del TJUE fijará jurisprudencia y puede condicionar numerosos litigios pendientes en España.

Choque entre el Gobierno y los interinos

En España, más del 32% de los contratos del sector público son temporales, cuando Bruselas exige que este porcentaje se mantenga por debajo del 8%. Esto ahonda en el problema que aborda el TJUE este martes, que no solo aborda la temporalidad, sino que trata de determinar si las formas con las que España la combate son o no suficientes. En ese sentido, el Gobierno defiende que se han estabilizado más de 400.000 plazas, lo que supera el objetivo de 300.000 firmado con la Comisión Europea.

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública se defiende señalando a que este es un problema heredado: "Ha empezado a decrecer, pero lo hace lentamente. Arrastramos un problema de hace décadas", alegan. Recuerdan que "el grueso de los trabajadores temporales" está en entidades autonómicas y locales, y pide su colaboración para aplicar la ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobada en 2021. El área que dirige Óscar López se escuda también en el Tribunal Constitucional, "contraria" a que los trabajadores temporales accedan a una plaza fija sin hacer oposición, y en la resolución de Norkus: "El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra", dicen en declaraciones que recoge Público.

Y en el otro lado ​​​​​​están los trabajadores interinos, que esperan beneficiarse de lo que decida el TJUE este martes. "Esta lucha nunca ha sido solo mía. Es la lucha de cientos de miles de personas que han sostenido durante años los servicios públicos en situación de abuso de temporalidad, incluso en los momentos más duros, como ocurrió durante la pandemia", señala la trabajadora pública cuya demanda desencadenó el 'caso Obadal'.

Abogados y juristas que han participado en casos similares lamentan las dificultades que existen para denunciar la temporalidad en España: "Los juzgados se encuentran con que no hay normas que regulen de manera concreta esa materia", señala el letrado Gerardo Pérez al citado medio. "También existe resistencia a aplicar la jurisprudencia del TJUE, que dice que la administración no puede usar los puestos temporales para necesidades permanentes". Esa resolución de Luxemburgo también obliga al órgano judicial a "compensar a quien ha sufrido la precariedad", sin embargo, "como no se ha regulado eso, los jueces alegan que no encuentran la norma", lamenta Pérez.

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