Nuevo revés judicial para Juana Rivas. El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite el recurso de amparo presentado por la madre granadina para intentar frenar la entrega de su hijo menor al padre, el italiano Francesco Arcuri, en cumplimiento de una orden dictada por la Corte de Apelación de Cagliari (Italia). El alto tribunal argumenta que no se han agotado las vías ordinarias previas, un requisito imprescindible para que el amparo pueda ser valorado.
La resolución ha sido adoptada por los magistrados de la Sección Segunda del TC, José María Macías (ponente), Ricardo Enríquez y Juan Carlos Campo, quienes se han reunido este martes de forma urgente para abordar el asunto, dada la inmediatez de la ejecución de la orden judicial. El fallo, que cierra la puerta a la vía constitucional para Rivas, se produce el mismo día en que estaba previsto el cumplimiento de la entrega del menor, entre las 10:00 y las 11:00 horas, con la intermediación de un punto de encuentro familiar, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Sin suspensión posible en medidas de familia
Juana Rivas, representada por Aránguez Abogados, había recurrido previamente ante la Audiencia Provincial de Granada con el objetivo de frenar la ejecución de la orden dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada. Sin embargo, los magistrados de la Audiencia también desestimaron su petición, recordando que en los procedimientos de familia, como es este caso, rige el principio de “ejecutividad inmediata” de las medidas acordadas, sin posibilidad de suspensión y sin necesidad de una ejecución provisional o trámites adicionales.
En el auto, los jueces subrayan que la decisión adoptada por las autoridades judiciales italianas debe respetarse en el marco del principio de confianza mutua entre los estados miembros de la Unión Europea. A este respecto, rechazan el argumento de la defensa de Rivas, que advertía de una supuesta desprotección del menor en Italia al existir un procedimiento penal abierto contra Arcuri por presuntos malos tratos.
Confianza en los sistemas jurídicos de la UE
“No podemos aceptar”, reza el auto, “que el retorno del menor aboque a la completa desprotección, cuestionando los estándares legislativos y jurisdiccionales del sistema italiano”. Incluso aunque se consideraran - sólo hipotéticamente y de manera subjetiva - menos garantistas que los españoles, los jueces recuerdan que el Derecho europeo obliga a todos los países miembros a respetar las decisiones judiciales adoptadas por otros tribunales de la UE.
En este sentido, los magistrados destacan que el procedimiento abierto en Italia contra Arcuri no supone una razón suficiente para suspender la orden de entrega, máxime cuando el sistema judicial italiano forma parte del espacio común de justicia europeo. Reafirman así la necesidad de fortalecer la cooperación judicial entre países miembros y respetar la soberanía de sus decisiones legales, en defensa del equilibrio normativo y de la protección de los derechos fundamentales dentro del marco comunitario.
Con esta decisión del Constitucional, Juana Rivas ve agotadas - por ahora - sus opciones legales para impedir la entrega del menor, en una causa que lleva años generando debate social y jurídico tanto en España como en Italia.