El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha acordado este miércoles inadmitir por "carencia manifiesta de fundamento" la petición planteada por el exmagistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, de revisión de oficio y declaración de nulidad del acuerdo de la Comisión Permanente de 20 de febrero de 2012, que fue ratificado por acuerdo del Pleno de 23 de febrero de 2012, que declaró la pérdida de su condición de miembro de la Carrera Judicial en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó, como autor de los delitos de prevaricación e interceptación ilegal de comunicaciones, a la pena, entre otras, de inhabilitación especial para el cargo de juez o magistrado por tiempo de once años, con pérdida definitiva del cargo que ostentaba.
 
Garzón basaba su pretensión en un dictamen del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas de 13 de julio de 2021 que declaró que la sentencia del Tribunal Supremo violó los derechos fundamentales del exmagistrado, pero el Pleno considera que mientras esta no sea revisada o de cualquier otra forma declarada nula, para el CGPJ es una sentencia válida a cuyo cumplimiento viene obligado por el artículo 118 de la Constitución Española.

Garzón hizo la solicitud después de que, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas requiriera al Estado español a responder a la denuncia formulada en su día por el juez Baltasar Garzón. La denuncia presentada por el despacho de abogados especializado en Derechos Humanos, Human Rights in Practice, que dirige Helen Duffy, alega el carácter arbitrario de una serie de investigaciones y enjuiciamientos penales interpuestos contra el Juez Garzón que llevaron a su inhabilitación y pusieron fin a su larga carrera judicial. Ahora el Gobierno español tiene un plazo máximo de seis meses para contestar al Comité de Naciones Unidas.

En su escrito Helen Duffy expuso que entre los numerosos casos en los que el juez Garzón autorizó llevar a cabo investigaciones, se encuentran los relativos a los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el período franquista que a día de hoy continúan impunes, así como casos de corrupción relacionados presuntamente con altos cargos del actual partido en Gobierno, el PP.

Baltasar Garzón fue imputado penalmente por estas decisiones judiciales. Se abrió contra el magistrado simultáneamente un tercer proceso que había sido archivado en dos ocasiones anteriores y que, tras la condena, se archivó de forma inmediata, pues había prescrito tiempo atrás. Esta prescripción era suficientemente conocida por el juez instructor que aún así mantuvo abierto el proceso.

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