Begoña Gómez y su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, han explicado este miércoles ante el juez Juan Carlos Peinado que “no se cometió ninguna extralimitación” en las funciones entre ellas y que las labores de la segunda siempre se han ceñido a las encomendadas, entre las que se encuentran la gestión de su agenda y del equipo de seguridad de la mujer de Pedro Sánchez.

Según apuntan fuentes jurídicas, Gómez ha expuesto que su imputación por malversación de caudales públicas solo responde a un “favor” que pidió a la persona contratado en ocasiones excepcionales. Por lo tanto, los correos que la asistente envió a su nombre a directivas de Reale en el año 2021 -dentro de todas las comunicaciones que ha pedido el magistrado- no exceden las funciones de su cargo.

La esposa de Sánchez ha reflejado que el trabajo de Álvarez se reducía al de sus predecesoras. De este modo, cuando el actual responsable del Ejecutivo llega a la presidencia se le informó a ella de que tenía que designar a una persona, de su confianza, para que la ayudara con distintas cuestiones. Por ello designa a Álvarez, porque había trabajado con ella y eran amigas.

Algunas de esas funciones provocaban que tuviera acceso a gran parte de su correo electrónico, pues de lo contrario no podría haber desempeñado sus funciones. A pesar de ello, Gómez ha dejado claro que su trabajo lo realizaba ella y que, si bien es cierto, que le pidió ayuda con algún mensaje, fue muy esporádicamente en siete años, debido a  la relación personal de confianza y que, por encima de todo, estas nunca se extralimitaron.

Por su parte, la asesora de Gómez ha asegurado que todo se hizo obedeciendo a la ley y que, efectivamente, ella se ocupaba de la organización de agenda en cuanto a actos y seguridad. Con carácter esporádico, y “en condición de amiga” le hacía “un favor”, pero en ningún caso se corresponde con una “extralimitación de funciones”, sostiene.

Ni un solo indicio

Peinado investigaba desde enero si Álvarez participó en una malversación de fondos públicos al enviar dos correos de parte de la mujer de Sánchez, lo que según el juez excedía las funciones de su cargo; algo que ambas han defendido no ser así. La asesora ya declaró por estos hechos y el juez afirmó por aquel entones que “no se alcanza a percibir en qué medida” la asistenta había podido incurrir en este delito “por desarrollar el trabajo que se le viene encomendando y percibir la cantidad que tiene asignada”.

Gómez aparecía como imputada por los delitos de tráficos de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida, pero la defensa de la mujer del presidente alega que en todo este tiempo de instrucción -dos años- no hay un solo indicio de que su clienta incurriera en un delito de tráfico de influencias por firmar dos cartas en nombre de la cátedra que dirigía.

Lejos de esto, estas misivas son habituales, indica el letrado, en los procesos de contratación pública de carácter tecnológico. Y en ellas solo se recomienda el programa y muestra su voluntad de colaborar en su aplicación, pero nunca, refrenda, se hace con el objetivo de que un ofertante tenga ventaja sobre otro. De hecho, otras instituciones firmaron cartas idénticas. En consecuencia, si Gómez no participó en el tráfico de influencias, tampoco podría haber malversado fondos públicos para ello.

Y el otro posible delito, el de la apropiación indebida, tampoco tendría cabida a ojos del juez porque el término Transformación Social Competitiva fue escogido personalmente ella antes de proponérselo a la Universidad Complutense de Madrid (UCM), para utilizarlo en la cátedra y algunos de los másteres que impartía. De hecho, tampoco registró el término en Propiedad Intelectual, y para que exista este delito la marca se debe haber registrado previamente.

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