La vista para salir de prisión solicitada por las defensas del exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y su exasesor, Koldo García, ha transcurrido sin novedad, con las acusaciones y la Fiscalía Anticorrupción solicitando que ambos sigan en prisión hasta el juicio por el amaño de contrato de mascarillas, y las defensas pidiendo la libertad. Tanto el fiscal jefe Anticorrupción, Alejando Luzón, como el resto de acusaciones populares han argumentado que el riesgo de fuga por el que el magistrado del Supremo Leopoldo Puente ordenó en ingreso en Soto del Real sigue existiendo.
Las defensas, tal y como hicieran en el escrito de apelación a la Sala, siguen asegurando que tal riesgo no existe pues no solo tienen arraigo, sino que no tienen solvencia económica como para fugarse de España. Según las fuentes presentes, no prevén que los magistrados tengan una decisión en el día, ya que tienen tres días para emitir el auto.
Las defensas de Koldo y Ábalos recurrieron después de que Puente ordenara el ingreso en prisión el pasado 27 de noviembre. A las vistillas han acudido tanto el antiguo abogado del exministro como su nuevo letrado, Marino Turiel.
Los recursos
Los abogados han solicitado la puesta en libertad siguiendo los expuesto en sus recursos. En el caso del exministro, su defensa ha argumentado que Leopoldo Puente llevó a cabo un "uso irrazonable del derecho" por enviarle a la cárcel con una "base de vaguedades y excusas procesales". De esta manera, su defensa reclama a la Sala de lo Penal su puesta en libertad alegando que el riesgo de fuga no existe el riesgo de fuga puesto sobre la mesa, sosteniendo que, "ante la ausencia de cualquiera de las finalidades propias de la prisión provisional, resulta inevitable no pensar en que la medida cautelar únicamente tiene como objetivo fomentar una declaración colaborativa al estilo de" la del tercer procesado por las mascarillas, el empresario Víctor de Aldama, "tras su paso por un centro penitenciario".
Por su lado, la defensa del asesor ha reiterado que su incremento patrimonial está "justificado" por sus ingresos y quejándose de que el auto de prisión provisional "asume las conclusiones de la acusación sin verificar la solidez de los elementos incriminatorios ni la justificación del riesgo extremo".