Por primera vez, un juzgado ha sentado jurisprudencia y ha reconocido el derecho de una trabajadora al permiso parental retribuido de ocho semanas, que está aún pendiente de trasponer de manera íntegra por parte del Estado. La sentencia, emitida desde el juzgado de lo Contencioso-Administrativo, es la primera en firme en este sentido y afecta a una empleada pública, facultativa del Hospital Virgen de la Luz, de Cuenca. La mujer solicitó el permiso de cuatro semanas para el cuidado de su hija menor de ocho años en octubre de 2024, pero la Gerencia de Atención Integrada de Cuenta se lo denegó.
Los servicios jurídicos de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) han conseguido una victoria que siembra precedentes en lo relativo al permiso parental retribuido de ocho semanas. Aún falta por trasponer la directiva europea y de hecho sobre ello pivotaba la argumentación de la Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Cuenca, que denegaba a una trabajadora del hospital Virgen de la Luz tal derecho, amparándose en la “falta de desarrollo reglamentario” de la normativa comunitaria en el ordenamiento jurídico español.
La sentencia fundamenta que las disposiciones de la Directiva europea, que son “incondicionales, suficientemente claras y precisas”, agregando que además que “el permiso parental debe ser retribuido”. En este sentido, lamenta que el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) asuma que “no es determinante” el hecho de no haberse desarrollado reglamentariamente las condiciones del permiso, puesto que dicho retraso es imputable a la Administración.
"La solicitante no tiene por qué sufrir las consecuencias derivadas del retraso en el desarrollo reglamentario de la Directiva", explica la sentencia. Según la jueza, las disposiciones de la normativa europea "son incondicionales, suficientemente claras y precisas y atribuyen derechos a los particulares". "Además, es innegable que el Estado Español no ha traspuesto la directiva antes del plazo correspondiente", sostienen.
Tramitación
El 27 de junio de 2023, el Gobierno aprobó un decreto que explícitamente impide el desarrollo de esta prestación con carácter retribuido. Ante esta situación, CSIF solicitó al Ejecutivo que emitiera las instrucciones pertinentes para establecer la obligatoriedad de esta retribución tanto en el ámbito público como en el privado.
Además, tras la denuncia presentada por CSIF, la Comisión Europea abrió un expediente a España por el incumplimiento de la mencionada directiva. En este contexto, el sindicato ha celebrado la sentencia calificada como "pionera" y ha anunciado su intención de promover reclamaciones similares en otras áreas de las administraciones públicas, con el objetivo de que la justicia establezca una jurisprudencia sobre este asunto.
"Consideramos que el Gobierno debe adoptar con urgencia la directiva en cuestión, dotándola de un carácter retributivo. Resulta incomprensible que un Gobierno que se ha comprometido públicamente con los derechos laborales en términos de conciliación limite el disfrute del permiso parental", ha resaltado CSIF.
Por su parte, el PSOE ha presentado una enmienda al proyecto de ley de función pública de la Administración General del Estado, que propone que el permiso parental para el cuidado de un hijo menor acogido (hasta que cumpla ocho años) sea retribuido durante un período de dos semanas.