Tanto el Gobierno de España como el Ministerio de Sanidad ya han confirmado en repetidas ocasiones que la vacuna contra el coronavirus estará disponible en España a partir del 2021, lo que no significa que las medidas de seguridad vigentes decaigan. Tal y como anunció Pedro Sánchez recientemente, "una parte muy sustancial" de la población española será vacunada antes de julio, mientras que esta mañana Salvador Illa ha confirmado que la campaña de vacunación se realizará en tres etapas y diferenciando 18 grupos poblacionales.

Según informaciones de La Vanguardia, el Consejo Interterritorial de Salud ha asegurado que las mascarillas serán obligatorias, como mínimo, durante todo 2021. Las variantes de la vacuna están aún por determinar: cuánto durará la inmunidad, las posibilidades de reinfección o si es posible o no volver a infectarse aunque al paciente se le haya administrado la vacuna.

Esto se debe a que la vacunación será un proceso continuado, es decir, no toda la población recibirá la vacuna al mismo tiempo, por lo que durante varios meses seguirán conviviendo personas que sí lo estén con otras que aún no. Por ello, es necesario que las medidas de seguridad como el uso de mascarillas obligatorios, el lavado de manos y el distanciamiento social sigan manteniéndose el año que viene.

Cabe recordar que el uso de las mascarillas según dictamina la Orden Ministerial, es de carácter obligatorio en las personas con más de seis años en los espacios públicos y al aire libre, así como los cerrados de uso público. De este modo, los expertos inciden en que la vacuna no descarta la posibilidad de coger el virus, por lo que la responsabilidad individual sigue siendo clave para frenar los contagios.

El Tribunal Supremo avala la medida

En el día de ayer, 23 de noviembre, el Tribunal Supremo avaló el uso de mascarillas obligatorio por ser una medida "por ser necesaria y proporcionada" en una sentencia, desechando la petición de un ciudadano que condieró que dicha norma vulneraba "sus derechos fundamentales a la integridad física y moral y al honor". La respuesta del Supremo se basó en la legitimidad de la misma, teniendo en cuenta la situación de la segunda ola de la Covid-19 en España.

La persona que presentó el recurso a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo era partidaria de que se propagase el virus para conseguir la inmunidad de grupo y, por ende, no aceptaba la medida del estado de alarma del Gobierno central y negaba el colapso en el sistema sanitario, poniendo en jaque todas las recomedaciones de los profesionales de la salud en la materia.

Por ello, el Supremo explica que el impedimento de contagiarse mediante el uso de mascarillas no lesiona el derecho a la integridad física o moral al impedir obtener inmunidad por medio del contagio, destacando que la salud de la población es un punto esencial en la lucha contra la pandemia.

"Los hipotéticos riesgos siempre serán menores que el beneficio de la prevención obtenida, sin perjuicio de que la norma excluye el uso obligatorio de mascarillas en determinados casos", escribe la sentencia. 

La ponente de la sentencia, la magistrada Celsa Pico, parte de la presunción de que las medidas adoptadas pretenden encontrar la supervivencia de la comunidad, en la que se encuentra el uso de las mascarillas como medida "barrera" de protección, adoptada por otros países alrededor del mundo y cumpliendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).