Este pasado miércoles, al tiempo que notificaba unos datos de contagios no visto desde el primer pico de la pandemia, la Comunidad de Madrid publicó en su Boletín Oficial (BOCM) la implantanción de las nuevas restricciones acordadas el pasado viernes en la reunión entre las consejerías de Sanidad de las 17 Comunidades con el Ministerio de Sanidad

Hoy jueves, restricciones como la prohibición de fumar o el cierre de todo tipo de ocio nocturno ya están en vigor. Hacemos un repaso a las nuevas normas para evitar que nos multen por comportamiento epidemiológicamente arriesgados pero que, hasta ahora, eran normales:

Mascarillas

La mascarilla es obligatoria en cualquier espacio público, abierto o cerrado, se pueda mantener la distancia mínima de seguridad o no. También en todo tipo de transportes. Igualmente, en los medios dependientes del Consorcio Regional de Transportes está prohibida la ingesta de alimentos para evitar excepciones en el uso de la mascarilla. Aunque sí existen otras excepciones: Además de las ya conocidas de los menores de seis años o personas a las que su médico les haya desaconsejado su uso, la mascarilla no es obligatoria cuando se hace deporte a más de 1,5 metros de otras personas, pero tampoco si nos encontramos en el campo, en la piscina -mientras no nos movamos o estemos bañándonos-, en las intervenciones en procesos judiciales o, si se trabaja sentado y de forma independiente, también en el puesto de trabajo. 

Deportista con mascarilla - EP

Ocio nocturno y hostelería 

Salas de baile, bares nocturnos o discotecas echan el cierre hasta nuevo aviso. Tras los diversos rebrotes relacionados con este tipo de locales, permanecerán con las persianas bajadas hasta que Sanidad vuelva a autorizar su actividad. 

Durante el día, bares y restaurantes también comienzan a implantar nuevas medidas como limitación de horarios -no pueden permanecer abiertos después de la 1:00 ni admitir clientes después de las 00:00- y aforos: 75% en el interior y 100% en terrazas. Sin embargo, se debe garantizar la distancia entre clientes y entre mesas y, en ningún caso, un grupo puede superar las 10 personas.  Los salones de banquetes deben acumular los datos de identificación de todos los asistentes y mantenerlos durante cuatro semanas para facilitar su rastreo en caso de brote. 

ocio nocturno - EP

Tabaco

Los fumadores lo tienen ahora bastante más complicado. Se puede fumar en casa o cuando existe, y se mantiene, una distancia de al menos dos metros con el resto de personas. Una situación que no tiene por qué darse en la mayoría de calles o terrazas. La medida afecta a cualquier tipo de dispositivo de inhalación similar, como cachimbas o cigarrillos electrónicos. Por otro lado, las administraciones regionales han reforzado los controles y vigilancias para evitar el botellón, una práctica que tampoco estaba permitida con anterioridad.

EP

Residencias

Los residentes de los centros sociosanitarios no pueden recibir más de una visita al día y durante una hora. Las residencias deben escalonar esas visitas y limitar también las salidas de los residentes. Unas medidas que solo contemplan la excepción de personas que están cerca del óbito o en cuidados paliativos. 

Visitas a residencias - EP

Recomendaciones 

Incluso para las reuniones de familia y amigos en un domicilio privado se recomienda el uso de la mascarilla y mantener la distancia mínima de 1,5 metros, además de limitar los encuentros a 10 personas de nuestro entorno más próximo y constante.