El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado las medidas sanitarias que aprobó el Gobierno regional, como el cierre del ocio nocturno o la prohibición de fumar en las calles, al considerar innecesaria la autorización judicial para su aplicación. 

En la sentencia del Tribunal, la Sala estima el recurso del Gobierno de la Comunidad de Madrid y anula de inmediato el auto del titular del Juzgado de lo Contecioso-Administrativo número 2 de Madrid. El magistrado, Alfonso Villagómez, no ratificó la prohibición de fumar en la calle y el ocio nocturno, aunque aseguró que la normativa "estaba vigente". 

Asimismo, la resolución del TSJM desliza que "las autoridades sanitarias de cada comunidad autónoma pueden acordar acciones preventivas generales y adoptar las medidas y limitaciones sanitarias que estimen oportunas". 

Los gobiernos regionales deberán circunscribirse a esta tesis cuando "concurren razones sanitarias de urgencia o necesidad o para controlar enfermedades transmisibles, siempre que queden justificadas y se acomoden al fin último de prevención y control de la salud individual y colectiva"